El Musel da un poco más de 'aire' a los pescadores deportivos desde tierra

El Musel da un poco más de aire a los pescadores deportivos desde tierra

Gijón.- La Autoridad Portuaria de Gijón ha llegado a un acuerdo con la Federación de Pesca Deportiva para ampliar la superficie en la que se permite la práctica de esta modalidad recreativo-deportiva en un 35%, si bien los pescadores no podrán utilizarla hasta el mes de abril.

 

  • El núcleo neurálgico para el desarrollo de la pesca deportiva en El Musel venía estando limitado a Los Muelles de Rendiello, donde la Autoridad Portuaria mantiene una zona específica para el desarrollo de la pesca deportiva. Ahora, desde abril, la pesca podrá practicarse, aunque con limitaciones, en una nueva superficie acotada en El Arbeyal. Además, se podrá lanzar en el dique de Santa Catalina, los  espigones este y Oeste de Poniente, el principio del muelle de La Osa, el muelle de El Rendiello, el arranque del segundo espigón de El Musel, y la escollera de El Arbeyal
  • Para practicar la pesca deportiva en el Puerto de Gijón será requisito imprescindible estar en posesión de una tarjeta de federado personal e intransferible en vigor, que suministra la Federación de Pesca Deportiva del Principado de Asturias. Si el pescador infringe algún tipo de incumplimiento (normas de seguridad, etc.); la Autoridad Portuaria prohibirá la entrada y práctica de la pesca de la persona afectada, independientemente de la posible sanción de la que puede ser objeto.
  • En cualquier momento el Servicio de Policía Portuaria de la Autoridad Portuaria de Gijón podrá solicitar la correspondiente identificación y permisos de las personas que estén pescando en el Puerto. Caso de negarse o faltar a la Autoridad presente, será inmediatamente expulsada y prohibida la entrada de la persona en cuestión al Puerto de Gijón. Las actuaciones de los Policías se llevarán a cabo siempre en el marco de la rigurosa corrección y respeto en el trato. Podré proponerse la inminente apertura de expediente sancionador.
  • Está expresamente prohibida la pesca desde rampas, escaleras y escalas de muelles, así como en sus proximidades y en las de estachas y amarres de cualquier tipo de embarcaciones. La Autoridad Portuaria de Gijón se reserva el derecho de limitar y/o cancelar las zonas de pesca definitiva o temporalmente por razones de explotación, seguridad, etc.

 

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