Del Riego: “Si la Ley de Endeudamiento se pudo haber incorporado a la prórroga, ¿por qué no se hizo antes en Asturias?”

Del Riego: “Si la Ley de Endeudamiento se pudo haber incorporado a la prórroga, ¿por qué no se hizo antes en Asturias”
  • “La prórroga presupuestaria planteada por el Gobierno sigue el mismo modelo que el utilizado en 1998 y que fue calificado como absolutamente legal por el Tribunal de Cuentas del Reino en su informe de fiscalización de las cuentas de la Comunidad Autónoma del ejercicio 1999”

 

  • “Este visto bueno del Tribunal de Cuentas hace de la prórroga 2011-2012 el marco más fiable y es el actualmente seguido”

 

Oviedo,- Ante la noticia aparecida hoy en la página 20 de un diario ovetense, con el titular “El Gobierno frenó el crédito que pide ahora el Presupuesto prorrogado, afirma el Letrado”, sobre la posibilidad que tenía el Gobierno del Principado de incluir el nuevo endeudamiento de 486,5 millones de euros en la prórroga presupuestaria, el Consejero de Hacienda y Sector Público, Ramón del Riego afirma que:

 

1º. “La prórroga presupuestaria planteada por el Gobierno sigue el mismo modelo que el utilizado en 1998 y que fue calificado como absolutamente legal por el Tribunal de Cuentas del Reino en su informe de fiscalización de las cuentas de la Comunidad Autónoma del ejercicio 1999”, apunta Ramón del Riego.

 

En los últimos 25 años los presupuestos del Principado fueron prorrogados en 4 ocasiones:

a)     Prórroga 1992/1993. Se formuló a través del Decreto 83/1992, de 30 de diciembre, con una posterior Resolución de desarrollo de 15 de enero de 1993. Desde el punto de vista de los ingresos se eliminó totalmente la posibilidad de endeudamiento.

b)     Prórroga 1995/1996. Se formuló a través del Decreto 188/1995, de 28 de diciembre, con una posterior Resolución de desarrollo de 15 de enero de 1996. Desde el punto de vista de los ingresos, también se eliminó totalmente la posibilidad de endeudamiento.

c)      Prórroga 1998/1999. Se formuló a través del Decreto 80/1998, de 29 de diciembre. Tanto los ingresos como los gastos siguieron criterios similares a los de la prórroga anterior realizada en el ejercicio 1995, es decir, la prórroga no se extendió al endeudamiento que la Junta General del Principado había autorizado para 1998.  La peculiaridad de este Decreto de prórroga es que fue considerado correcto, tanto en su formulación como en su ejecución, por el Tribunal de Cuentas en su informe de fiscalización del ejercicio 1999, con lo cual se constituye el marco más fiable a la hora de iniciar un proceso similar.

d)     Prórroga 2008/2009. Se formuló a través del Decreto 286/2007, de 26 de diciembre. Desde el punto de vista de los ingresos, se admite el endeudamiento pero sólo por la cantidad amortizada en 2008, muy inferior a la totalidad del endeudamiento que, posteriormente, se autorizó al aprobarse el presupuesto de 2009. Este criterio no fue examinado por el Tribunal de Cuentas pero, al ser diferente al explícitamente declarado procedente en su informe de 1999, el Gobierno entiende que es incorrecto.

 

Este visto bueno del Tribunal de Cuentas hace de la prórroga 2011-2012 el marco más fiable y es el actualmente seguido.

 

2º. Que a la vista de las consideraciones anteriores, la pregunta que hay que hacer es: ¿Por qué no se hizo de esta manera en anteriores prórrogas que se han dado en nuestra Comunidad? No tiene respuesta porque “en su línea habitual, el citado diario manipula el informe del Letrado de la Junta troceando párrafos, en un intento por confundir de nuevo a los asturianos, que es el objeto de su información”.

 

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