Las Cajas tendrán que limitarse al territorio de su Comunidad Autónoma

Las Cajas tendrán que limitarse al territorio de su Comunidad Autónoma

El Consejo de Ministros ha aprobado la remisión a las Cortes del Proyecto de Ley de Cajas de Ahorros y Fundaciones Bancarias, tras superar el trámite del Consejo de Estado.

La norma, que fue presentada el pasado 3 de mayo, da cumplimiento a los compromisos recogidos en el Memorándum de Entendimiento (MoU) acordado con la Unión Europea como parte del programa de asistencia para la recapitalización del sector financiero.

 

La vicepresidenta del Gobierno ha resaltado que la reforma supone "un paso más en el proceso de saneamiento y recapitalización del sistema, que es clave para la recuperación económica". En el mismo sentido, el ministro de Economía y Competitividad ha señalado que la futura Ley "es una avance fundamental desde el punto de vista de profesionalización, independencia, seguridad y fortaleza del sistema financiero, y la pieza de cierre de todo el entramado que el Gobierno ha llevado a cabo en los últimos meses en relación con el sector bancario español".

 

Ambos han subrayado que la norma supondrá que las cajas de ahorros vuelvan a sus orígenes, y se ocupen de atender fundamentalmente a las Pymes y a los pequeños depositantes.

Luis de Guindos ha recordado que las cajas tienen que estar circunscritas a una comunidad autónoma, si desbordan ese ámbito tienen que convertirse en fundación bancaria, al igual que cuando balance exceda de los 10.000 millones de euros.

El ministro ha añadido que "la filosofía que subyace en esta regulación es profesionalidad en los órganos de gestión e independencia con respecto al poder político". Con este objetivo, el texto mantiene que los patronos de la fundación bancaria y los administradores del banco en cuestión no podrán ser las mismas personas.

Fundaciones bancarias

 

El titular de Economía y Competitividad ha indicado que las fundaciones bancarias que tengan una participación igual o superior al 50% o bien un porcentaje de control de una entidad de crédito, a diferencia de lo recogido en el Anteproyecto, sí podrán acudir a una aplicación de capital pero no podrán ejercer los derechos políticos correspondientes al incremento de su participación.

 

A su juicio, esta modificación sobre el Anteproyecto de Ley, sugerida por el Consejo de Estado, "es razonable desde el punto de vista de la solvencia porque tendría poco sentido que el socio principal no inyectara capital en el banco"

Una segunda modificación recoge que la política de dividendos tiene que estar acordada por dos tercios de los accionistas (el 66%), frente al 75% inicial.

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