Compromisu por Samartín pide la paralización de la adjudicación del Trabanquín

Compromisu por Samartín pide la paralización de la adjudicación del Trabanquín

Compromisu por Asturies  de Samartín del Rei Aurelio, considera un auténtico atraco a los bolsillos de la ciudadanía de este concejo,  la adjudicación de la gestión del Centro de Encuentros para la Creatividad del  Trabanquín y pide a los grupos municipales que suspendan dicha adjudicación en el Pleno Municipal, por entender que el precio fijado no  cumple la legalidad

            Cuando en su momento, se discutió en el seno municipal esta actuación urbanística, siempre se mantuvo, por parte del equipo de gobierno municipal socialista, la necesidad de cubrir con ella dos objetivos, por un lado la rehabilitación de un elemento importante del Patrimonio Industrial de nuestro Concejo y el poner a disposición de nuestros artesanos un equipamiento que pudiera servir para poder desarrollar sus actividades y que a la vez pudiera ser un nuevo referente turístico.

            Pues bien,  una vez ejecutado el proyecto, el Gobierno Municipal lleva a cabo una serie de gestiones con ciertos artesanos, a los cuales parece ser  que se les ofreció  la gestión del Centro de tal manera que,  a cambio, los gastos de funcionamiento corriesen enteramente por su cuenta. De todo esto existe constancia porque el equipo de gobierno municipal  daba cuenta de ello a los medios de comunicación, que a su vez, lo fueron publicando a través de diversas noticias aparecidas a lo largo de este espacio de tiempo. Lo cierto es que, al final de esas negociaciones, no se alcanzó  acuerdo alguno y ahora  se anuncia la  licitación  de su gestión mediante la fórmula de Concesión administrativa.

            Nuevamente, nos encontramos ante la creación de un equipamiento público que en un principio anunciaban a bombo y platillo que iba a estar al servicio de los artesanos locales, en el que se invirtió la  nada despreciable cantidad de  743.981 €,  para ahora privatizarlo. En los pliegos además se incluían cuestiones ciertamente llamativas, por ejemplo, el hecho de que el precio resultante del canon no se actualizase anualmente en base al IPC resultante sino tan sólo al 85%, con lo cual, y teniendo en cuenta que la duración de la concesión es de 15 años,  el valor final de ese canon, ya no es que sea ridículo, sino que, sencillamente, será regalado.

            Se trata, en este caso, de  un contrato de gestión de servicios públicos adjudicado mediante el procedimiento de concesión administrativa, en el que el precio de licitación no cabe fijarlo de cualquier manera, sino que está regulado en la propia Ley de Contratos del Sector Público. En este sentido resulta de interés la posición mantenida por la Junta Consultiva de Contratación Administrativa del Ministerio de Hacienda que en su Informe 49/10, de 28 de octubre de 2011. “Normativa aplicable para la valoración de una concesión administrativa”, considera que “para calcular el importe de contrato de gestión de servicios públicos bajo la modalidad de la concesión administrativa, ha de aplicarse lo establecido al efecto en los artículos 75 y 76 de la Ley debiendo procederse por el órgano de contratación a valorar, mediante la correspondiente estimación, los diversos factores que se integran en el mismo.”

            Pues bien,   los Arts. 75.1  76 de la Ley de Contratos nos dicen respectivamente que “En los contratos del sector público, la retribución del contratista consistirá en un precio cierto que deberá expresarse en euros, sin perjuicio de que su pago pueda hacerse mediante la entrega de otras contraprestaciones en los casos en que ésta u otras Leyes así lo prevean. Los órganos de contratación cuidarán de que el precio sea adecuado para el efectivo cumplimiento del contrato mediante la correcta estimación de su importe, atendiendo al precio general de mercado, en el momento de fijar el presupuesto de licitación y la aplicación, en su caso, de las normas sobre ofertas con valores anormales o desproporcionados” y “la estimación (del cálculo del valor de  los contratos) deberá hacerse teniendo en cuenta los precios habituales en el mercado, y estar referida al momento del envío del anuncio de licitación o, en caso de que no se requiera un anuncio de este tipo, al momento en que el órgano de contratación inicie el procedimiento de adjudicación del contrato.”

            Resulta evidente que, 340 € de canon mensual (4.080 € anuales), está a años luz de los precios de mercado de la gestión de un servicio público que incorpora un equipamiento valorado en 743.981 €, con 1.200 m. cuadrados útiles y  una parcela en su entorno de 6.000 metros cuadrados.

            En base a todas estas cuestiones, Compromisu considera que nos encontramos ante unos pliegos que no cumplen con la legalidad en una cuestión tan fundamental en la contratación pública como es el precio fijado para su adjudicación, por lo que pedimos a los Grupos Municipales que, mediante decisión plenaria, suspendan la adjudicación y soliciten la fiscalización de este contrato a la Sindicatura de Cuentas del Principado de Asturias en base a  la Ley del Principado de Asturias 3/2003, de 24 de marzo, de la Sindicatura de Cuentas que en su Art. 6.c dentro del contenido de su función fiscalizadora, “la  fiscalización de los contratos celebrados por los distintos integrantes del sector público autonómico”, de su Art. 9: “Están sujetos a la fiscalización de la Sindicatura de Cuentas los contratos celebrados por los integrantes del sector público autonómico, refiriéndose dicha fiscalización a su preparación, adjudicación, garantía, ejecución, modificación y extinción” y  del art 12.3 sobre quienes pueden iniciar el procedimiento de la  fiscalización: “Igualmente, podrán los integrantes del sector público autonómico interesar de la Junta General que, por acuerdo de su Comisión competente en materia de asuntos económicos y presupuestarios, inste a la Sindicatura de Cuentas la realización de actuaciones fiscalizadoras respecto de sí mismos, por conducto de sus respectivos órganos de gobierno, en los términos que prevean los Estatutos de organización y funcionamiento de la Sindicatura. En el caso de las Entidades locales, será preciso acuerdo previo del Pleno de la Corporación.”

 

Blimea a 30 de enero de 2013

Fdo.Manuel Benayas Bode

Ptvoz. Compromisu por Samartín

 

1 comentario

  • # Marcel Responder

    26/02/2013 22:30

    Mi propuesta para el Trabanquín es el reconvertirlo en seis estudios de artistas con una renta de 200 euros mensuales por estudio, con lo cual la rentabilidad económica se multiplica, y también la cultural por el apoyo que supone a la actividad creativa.

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