Se convocan ayudas para autónomos del Principado

Se convocan ayudas para autónomos del Principado

La Consejería de Economía y Empleo del Principado dedica una partida de dos millones de euros a una nueva convocatoria de ayudas a trabajadores autónomos, en este caso dirigida a aquellas personas que hayan iniciado una actividad entre el 1 de enero y el 15 de septiembre de este año. Con esta convocatoria, que se suma a  la que se publicó hace un mes para dar respuesta a los emprendedores a los que el anterior Gobierno asturiano denegó el ticket del autónomo por falta de crédito, se manifiesta, una vez más, el interés del Ejecutivo socialista por apoyar el autoempleo y al colectivo de autónomos.

 

El gasto de dos millones de euros para esta nueva convocatoria fue aprobado hoy por el Consejo de Gobierno y mañana se publicarán en el Boletín Oficial del Principado de Asturias (BOPA) las bases que regularán esta concesión de subvenciones para el establecimiento de la actividad de los trabajadores autónomos que hayan causado alta en este régimen en el período comprendido entre el 1 de enero y el 15 de septiembre y que hasta esa fecha figurasen como desempleados y demandantes de empleo en el Servicio Público de Empleo del Principado.

 

La cuantía de la subvención será de 4.000 euros, la misma cantidad para todos los colectivos de desempleados y sólo se incrementará en un 5%, alcanzando los 4.200 euros en el caso de que los beneficiarios sean mujeres víctimas de violencia de género. El plazo para presentar las solicitudes comenzará el próximo viernes 23, un día después de la publicación de la convocatoria en el BOPA, y finalizará el próximo uno de diciembre. Para conceder las subvenciones se tendrá en cuenta el orden cronológico de entrada de las solicitudes acompañadas de la documentación completa acreditativa del cumplimiento de los requisitos establecidos y, una vez agotado el crédito, se denegarán las peticiones que no puedan ser atendidas por falta de disponibilidad presupuestaria.

 

Para acceder a la ayuda, los peticionarios deberán haber realizado una inversión en inmovilizado material necesario para el desarrollo de la actividad por una cuantía no inferior a 5.000 euros sin tener en cuenta el IVA o, en su caso, los impuestos indirectos equivalentes, en un período comprendido entre los tres meses anteriores al inicio de la actividad y la fecha de la publicación de la apertura del plazo de presentación de solicitudes en el BOPA. La inversión deberá estar financiada con fondos propios en su totalidad y no se admitirán facturas justificativas inferiores a 50 euros.

 

Además, los beneficiarios de las ayudas estarán obligados a mantener la condición de autónomos durante, al menos, tres años desde la fecha de inicio de su negocio; y no podrán simultanear esa actividad con cualquier otra por cuenta ajena.

 

Se excluirán todas las solicitudes de personas que hayan recibido el ticket del autónomo para el inicio de la actividad en los últimos cinco años.

Dejar un comentario

captcha