La industria láctea amenaza con no recoger la leche a quienes no firmen contratos por debajo de coste

La industria láctea amenaza con no recoger la leche a quienes no firmen contratos por debajo de coste

A una semana de la entrada en vigor de la obligatoriedad de los contratos lácteos, el Ministerio no ha publicado el Real Decreto-ley que debe regular su funcionamiento.

- Que obliguen al ganadero a firmar contratos a 0,29-0,30€/litro es un atropello en toda regla cuando los costes de producción se sitúan por encima de los 0,35 euros/litro según datos del propio Ministerio de Agricultura, ha denunciado Miguel Blanco, Secretario General de COAG.

- Continúan las prácticas comerciales abusivas impulsadas por las grandes cadenas de distribución de capital francés y alemán, que están provocando el hundimiento de los precios en origen.

- En estos momentos, al ganadero se le paga por un litro de leche la mitad de lo que cuesta un litro de agua en el lineal.

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Madrid,-. La Coordinadora de Organizaciones de Agricultores y Ganaderos (COAG) denuncia que, a una semana de la entrada en vigor de la obligatoriedad de los contratos en el sector lácteo (3 de octubre), el Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente no ha publicado el Real Decreto-ley que debe regular su funcionamiento. Ante esta situación, hay industrias lácteas que están planteando a los ganaderos contratos con precios que no superan los 0,30€/litro bajo la amenaza de no recoger la leche si no se firman (se adjuntan dos ejemplos de contratos que nos han pasado ganaderos con múltiples ilegalidades y cláusulas abusivas. Comentarios en pág.2). Estamos hablando de un atropello en toda regla ya que los costes de producción se sitúan por encima de los 0,35 euros/litro, según recoge el propio Ministerio de Agricultura, ha denunciado Miguel Blanco, Secretario General de COAG, a lo que ha añadido que si no se pone coto a esta situación por parte del Ministerio y la administraciones regionales, en estas condiciones los contratos sólo vendrán a legitimar una extorsión que ha provocado la desaparición de 120.000 explotaciones en las dos últimas décadas.

A los bajos precios de la leche en el campo, se suman la espiral alcista de las materias primas básicas para la alimentación animal. De enero a septiembre, el precio de los piensos ha subido más de un 40%, tendencia que dificulta la viabilidad económica de las cerca de 22.000 explotaciones de vacuno de leche que existen nuestro país. Además, continúa la estrategia de las grandes cadenas de distribución de capital francés y alemán que, por una parte, mantienen un precio razonable de la leche al productor y al consumidor en Francia y Alemania, y, por otra, derivan los excedentes de producción láctea de estos países hacia el mercado español a precios por debajo de costes, utilizando la leche como producto reclamo y hundiendo los precios en origen a nuestros ganaderos. En estos momentos, al ganadero se le paga por un litro de leche la mitad de lo que cuesta un litro de agua en el linea”, ha apuntado Blanco.

Durante el mes de septiembre, COAG ha salido a la calle en las principales zonas productoras para denunciar esta situación y exigir a Gobierno, Comunidades Autónomas y Comisión Nacional de la Competencia una aplicación inmediata de la actual Ley de Defesa de la Competencia contra las prácticas comerciales abusivas y la ilegal venta a pérdidas, así como contra la utilización de la leche como producto reclamo por parte de las grandes cadenas de distribución. Además, el MAGRAMA está dilatando en el tiempo el envío del borrador del anteproyecto de la ley de mejora de la cadena agroalimentaria, vital para que agricultores y ganaderos puedan negociar precios en condiciones de igualdad con industria y distribución.

ILEGALIDADES Y ABUSOS DE LOS CONTRATOS QUE SE ADJUNTAN AL INICIO DE ESTA NOTICIA, ENVIADOS POR GANADEROS DE LA CORNISA CANTÁBRICA

CONTRATO A:

1. Según la nueva normativa que establece la obligatoriedad del contrato a partir del 3 de octubre de 2012 en nuestro estado es OBLIGATORIO que en el contrato figure EL VOLUMEN DE LECHE QUE DEBE SER SUMINISTRADO así como EL CALENDARIO DE SUMINISTROS DE LA MISMA. En este punto se está produciendo incumplimiento de la legislación.
2. Según la nueva normativa que establece la obligatoriedad del contrato a partir del 3 de octubre de 2012 en nuestro estado es OBLIGATORIO que en el contrato figure, POR ESCRITO, EL PRECIO QUE SE PAGARÁ POR EL SUMINISTRO. En este contrato (tal y como se observa en el punto 6) únicamente se establece por escrito el precio para el suministro de 1 mes (y se deja en un compromiso de comunicación el hecho de establecer el precio para los siguientes meses, en caso de que el contrato sea prorrogado). En este punto se está produciendo incumplimiento de la legislación.
3. Incumplimiento en lo que se refiere a los plazos de pago de la normativa existente y en vigor en materia de pago de alimentos frescos y perecederos (Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales).
4. Según la nueva normativa que establece la obligatoriedad del contrato a partir del 3 de octubre de 2012 en nuestro estado, los contratos en los que participe como suministrador un productor, tendrán como duración mínima 1 año (que no será de aplicación ÚNICAMENTE en el caso de que el productor la rechace por escrito). En este punto se está produciendo incumplimiento de la legislación, ya que es la propia industria láctea la que impone que el productor rechace la duración que establece la legislación.
5. Puede leerse en este punto de la cláusula CUARTA la forma de comunicar la no renovación automática del contrato que propone la industria: a través del transportista que recoge la leche y, en caso de que se estime oportuno, un día antes del inicio del mes siguiente. En este punto no se está incumpliendo la legislación, pero la cláusula resulta claramente abusiva.
6. Precio: 0’30 €/litro.


CONTRATO B:

1. Incumplimiento en lo que se refiere a los plazos de pago de la normativa existente y en vigor en materia de pago de alimentos frescos y perecederos (Ley 15/2010, de 5 de julio, de modificación de la ley 3/2004, de 29 de diciembre, por la que se establecen medidas de lucha contra la morosidad en las operaciones comerciales).
2. Según la nueva normativa que establece la obligatoriedad del contrato a partir del 3 de octubre de 2012 en nuestro estado, los contratos en los que participe como suministrador un productor, tendrán como duración mínima 1 año (que no será de aplicación ÚNICAMENTE en el caso de que el productor la rechace por escrito). En este punto se está produciendo incumplimiento de la legislación, ya que no media renuncia escrita alguna por parte del productor y es la propia industria la que impone la duración de contrato de 3 meses.
3. Puede observarse tachada la firma de la industria (se imponen las condiciones de manera unilateral).
4. Precio: 0’28 €/litro para tres meses consecutivos. 

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