El Gobierno recuerda que el Ente Tributario también inspecciona a la Fundación Niemeyer

El Gobierno recuerda que el Ente Tributario también inspecciona a la Fundación Niemeyer

 

 

 

Oviedo).- En relación con las afirmaciones del Secretario de la Fundación Niemeyer, Sr. Rebollo, en las que asegura que “El Principado abrió una inspección irregular”, que “la Fundación está exenta de pagar el Impuesto de Actividades Económicas” y que “El Principado no tiene competencias para tal inspección” hay que aclarar que el Principado de Asturias tiene delegada por el Estado la inspección del Impuesto sobre Actividades Económicas (IAE), respecto de la mayoría de sus municipios. Dicha delegación se instrumenta mediante Órdenes Ministeriales, entre las que se encuentra la de 13/12/1999, por la que se le concede la delegación de la inspección de dicho impuesto para el Ayuntamiento de Avilés. La competencia es ejercida por el Ente Público de Servicios Tributarios, adscrito a la Consejería de Hacienda y Sector Público. El Ente de Servicios Tributarios desarrolla procedimientos para inventariar adecuadamente todas las actividades económicas desarrolladas en Asturias, entre  ellas, las de la Fundación Niemeyer. Procedimiento iniciado hace semanas y no en el día de ayer, como afirma el Secretario de la Fundación en un comunicado.

 

El Plan de Inspección del Ente, incluido dentro de su Plan Anual de Control para 2011, prevé la realización de actuaciones de control por el IAE para ejercicios no prescritos y actividades desarrollados por los obligados tributarios de los Ayuntamientos, para los que tiene asumida la competencia. Dichas actuaciones de control tienen diverso alcance, citándose a título de ejemplo, la mera de verificación del censo o la corrección de los epígrafes declarados.

 

En consecuencia, esta actuación no es “irregular” sino normal y el Ente tiene plena competencia para su ejecución por delegación del Estado.

 

Por último, con el fin de garantizar al máximo los derechos de la totalidad de los contribuyentes afectados, y en cumplimiento riguroso del Artículo 95 de la Ley General Tributaria, el Ente Público de Servicios Tributarios mantiene y mantendrá el más estricto y completo sigilo respecto de los procedimientos que instruye, así como de los datos e informaciones incorporados a los mismos.

 

FOTO : Nardo Villaboy

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