Bloque por Asturias del Nalón rechaza el permiso de extracción en la Xamoca y Peñablanca

Bloque por Asturias del Nalón rechaza el permiso de extracción en la Xamoca y Peñablanca

Bloque por Asturies-UNA del Nalón, manifiestan su preocupación y rechazo por la concesión por parte de la Dirección General de Minas para la realización de un estudio de investigación  para extraer caliza  en el entorno de La Xamoca y Peñablanca en los concejos de Sobrescobiu y Llaviana. Estos estudios, su posible concreción en una futura explotación extractiva, afectan al Parque Natural de Redes y al entorno de Peñablanca, zona limítrofe con el Parque y poseedor de un alto valor medioambiental y paisajístico, y significarían un atentado gravísimo al patrimonio  ecológico de estos concejos y de Asturies, a la vez que un gran daño para los intereses sociales y económicos de los habitantes de esta zona que verían como la posibilidad de  llevar a cabo un modelo económico sostenible sería cortada de raíz para dar paso a una explotación que dañaría irremisiblemente su entorno.

 

Nos parecen especialmente graves las declaraciones del Alcalde de Sobrescobiu cuando alega sorpresa, manifestando haber recibido  hace tres días la noticia, teniendo en cuenta que el 26 de julio se publicaba en el BOPA la Resolución por la que se concedía el permiso y se anunciaba que se había dado traslado a las partes afectadas por si alguna quería recurrir  dicha Resolución, poniendo toda la información a su disposición. Una de tres, o el Alcalde miente, o en el Ayto de Sobrescobiu no leen las notificaciones que les mandan las Administraciones, o nadie lee los BOPAS de cada día, en cualquier caso no dejan de ser de una enorme gravedad e incompetencia que a estas alturas aleguen desconocimiento de este permiso.

 

Coinciden los alcaldes en mantener cautela ante esta Resolución, llegando incluso el regidor lavianés a anunciar que no piensan hacer nada hasta que la empresa solicite permiso de actividad. BA-UNA, no salimos de nuestro asombro, generándonos una enorme preocupación esta actitud. Tanto el Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Redes, como el Plan General de Ordenación Urbana de Llaviana prohíben taxativamente estas actividades, y ellos lo saben, por lo tanto, pensamos que no deja de ser preocupante esta laxitud e inoperancia de los alcaldes a la hora de defender la legalidad urbanística de sus concejos y nos preguntamos qué motivos tienen para no emprender desde el mismo momento de su conocimiento las medidas legales pertinentes para tratar de paralizar y abortar de inmediato este permiso. En este sentido BA-UNA insta, en principio, a los ayuntamientos afectados a presentar sendos recursos de reposición ya que con la posterior publicación en el BOE de 31 de octubre se abrió un período de sesenta días para poder presentarlos. De lo contrario, y teniendo en cuenta su proceder hasta ahora, habrá que pensar que esa cautela encierra más bien un futuro apoyo a la apertura de esa cantera.

 

            RESUMEN EXPLICATIVO

 

            Hace dos días el Alcalde de Sobrescobiu manifestaba su sorpresa,  al haber recibido, a través de la prensa, la noticia de que la Dirección General de Minería había autorizado investigaciones para extraer caliza dentro del Parque Natural de Redes y manifestaba su desconocimiento del proyecto, a la vez que se mostraba partidario de actuar con cautela, evitando adoptar un posicionamiento expreso de apoyo o rechazo a la iniciativa hasta estudiarla en detalle.

 

Por otro lado hoy se publicaban en la prensa declaraciones del Alcalde de Llaviana  anunciando que el Ayto. no dará su opinión hasta el momento en que la empresa solicite la Licencia de Actividad.

 

La Resolución de la Dirección General de Minas  establece el Permiso de Investigación  con indicación de su nombre, número, mineral, extensión, términos municipales y titularidad. “Peñablanca” n.º 30.753, caliza y cuarcita, 15 cuadrículas mineras, Laviana y Sobrescobio, “Áridos Bahoto, S.L.”

Esas cuadrículas corresponden a las proximidades de La Xamoca (Sobrecobiu) y Peñablanca (Llaviana), estando los terrenos pertenecientes a Sobrecobiu  incluidos dentro del Parque Natural de Redes, poseyendo la zona de Peñablanca, también,  un alto valor medioambiental y paisajístico.

El Plan Rector de Uso y Gestión del Parque Natural de Redes establece en su zonificación que el entorno de La Xamoca  sea considerada una parte como Zona de Uso Restringido Especial y otra como Zona de Uso Agropecuario. Ambas figuras recogen la prohibición expresa de las actividades extractivas debido al impacto significativo de estas actividades sobre los ecosistemas.

 

Por otro lado el Plan General de Ordenación de Llaviana establece como criterio general para el suelo calificado de no urbanizable “las extracciones de tierras, piedras, gravas o minerales”.  Pero además esta zona queda   incluida dentro del Suelo no urbanizable de montaña, en la que están comprendidas “las zonas desarboladas de altura, con afloramientos pétreos, principalmente cuarcíticos o cársticos o con elevadas pendientes y ocupación por vegetación rupítica, casmofítica o de lastonares calcícolas”. Además en el PGOU se recoge la futura creación del Parque Natural de Peña Mayor que se uniría en un futuro al de Redes.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica en su Núm. 26 del Lunes 31 de octubre de 2011, un anuncio de la Dirección General de Minería y Energía de la Comunidad   Autónoma del Principado de Asturias, otorgando “Permiso de Investigación "Peñablanca", número 30.753, caliza y cuarcita, 15cuadrículas mineras, Laviana y Sobrescobio, 13 de mayo de 2011”, "Áridos Bahoto, Sociedad limitada".

El Boletín oficial del Principado de Asturies(BOPA) publica en su número 14, de 26 de julio de 2011, una Resolución de la Dirección General de Minas, dependiente de la Consejería de Industria y Empleo por la que se anunciaba la concesión del “Permiso de Investigación Peñablanca” n.º 30.753, caliza y cuarcita, 15 cuadrículas mineras, Laviana y Sobrescobio, “Áridos Bahoto, S.L.”

 

En esta  publicación se decía literalmente: “Dicha Resolución, cuyo contenido ha sido comunicado a los interesados, y que puede ser examinado en las oficinas de la Dirección General de Minería y Energía cuyo contenido ha sido comunicado a los interesados, y que puede ser examinado en las oficinas de la Dirección General de Minería y Energía,” desprendiéndose de lo publicado que ya se había procedido  a informar a los ayuntamientos en cuanto que partes afectadas.

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