La caída de Rodrigo Rato ha sido confirmada

La Sentencia del Tribunal Supremo 438/2018 ha confirmado la pena de cuatro años y seis meses de prisión para Rodrigo Rato, que fue presidente de Bankia, por delito continuado de apropiación indebida en el caso de las “tarjetas black” de Caja Madrid. Rodrigo Rato Figaredo, al igual que muchos otros condenados, presentó un recurso de casación ante la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo alegando que en su condena se habían producido actividades con el incumplimiento de normas procesales básicas en relación con la falta de expresión de los hechos probados, el error en la valoración de las pruebas, y la vulneración de los derechos a la intimidad y a la tutela judicial efectiva.  

El Tribunal Supremo señala en la sentencia indicada que “La conducta del presidente ejecutivo Rodrigo Rato, (el fallecimiento de Miguel Blesa excusa el examen de su conducta. Y la prescripción, la de los anteriores en el cargo) haciendo suyas las cantidades recogidas en el relato fáctico no puede ser separada de la que consiste en el mantenimiento del sistema de las tarjetas, con las características reiteradamente expuestas en esta sentencia, en la medida que es ese sistema el que le permitió tales actos de apoderamiento”, ya que “el sistema ofrecía a los miembros de los órganos de gobierno y a los ejecutivos condenados la posibilidad de utilizar las tarjetas para esa misma finalidad apropiativa”, que “aceptaron desde el momento en que, procediendo a la utilización de las tarjetas, pudieron comprobar cómo era su funcionamiento”. Bajo la dirección de Miguel Blesa primero y de Rodrigo Rato después, muchos fueron los que, ostentando distintas ideologías y representando a diferentes entidades, consiguieron disfrutar de dinero que no les correspondía y que utilizaron de un modo egoísta, con tácticas próximas a las aplicadas por organizaciones mafiosas.  

La prueba fue valorada correctamente y de la misma resulta que Rodrigo Rato aprovechó y perpetuó un sistema ideado por Miguel Blesa, que ya falleció, para poder aprovechar fondos de la entidad que se utilizaban por todos los directivos. El problema es que parece que faltan datos con los que se podría haber castigado a alguien más por reírse de los ciudadanos mientras aprovechaban dinero aportado por muchos que terminaron siendo engañados por la entidad dirigida por Rodrigo Rato. Sin embargo, nada más podrá saberse, pues los implicados no van querer o poder decir más de lo que han afirmado ya.  

Sería fantástico poder pensar con contundencia que la Sentencia del Tribunal Supremo 438/2018, que está perfectamente fundamentada conforme al ordenamiento jurídico, tiene la posibilidad de llegar a suponer un elemento clave para conseguir el gran cambio de paradigma que se necesita, pero es difícil creer que no vaya a seguir apareciendo porquería nacida por las cloacas de la corrupción, que se podrá corresponder a actos del pasado, pero también a actos del presente que tardarán en salir a la luz.   Rodrigo Rato tiene la opción de presentar un recurso de amparo ante el Tribunal Constitucional. Sin embargo, es muy poco probable que la petición del economista llegue a tener el éxito procesal que requiere.



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