Las «suertes» de san Cosme

 

Cuando el panorama político aparece cargado de miserias y traiciones qué ilusionante resulta tener la posibilidad de salpicar nuestra existencia con retazos de lo mejor de nuestra historia y de nuestras tradiciones. A esa finalidad responden los Módulos de Campo del Derecho Consuetudinario Asturiano que desde el despacho Mijares Abogados, en el ámbito del Seminario Gerardo Turiel, en colaboración con la Federación de Parroquias Rurales de Asturias (FAPAR) y con la cobertura del diario El Comercio, tengo el honor de dirigir y que, en número de dos al año, tienen como finalidad profundizar en el conocimiento de nuestras costumbres jurídicas.

Ayer, viernes, el módulo centró su atención en la Parroquia Rural de San Cosme, en el Concejo de Cudillero, con la presencia de su Alcalde, Ignacio Escribano Fernández, el Presidente de la Parroquia Rural, José Ramón López Rodríguez, y con el Presidente de la Cooperativa de Abastecimiento de Agua, José Luis Menéndez, alias ‘Vallina’. El módulo está integrado por un grupo de personas de distinta procedencia pero vinculados por una idea común: el amor a Asturias, a sus gentes y al mundo rural. Se centró esta vez en el estudio de las denominadas «suertes» de la Parroquia Rural de San Cosme.

Para los no iniciados, conviene precisar que las parroquias rurales son entes locales inframunicipales, enclavados en el ámbito territorial de un concejo, dotados de personalidad jurídica propia y definidos en nuestro Estatuto de Autonomía como «la forma tradicional de convivencia y asentamiento de la población asturiana». Sus orígenes están vinculados al fenómeno de la cristianización; de ahí el nombre de parroquias que, por ello, conviene conservar si queremos ser fieles a la historia, y su existencia se edifica en torno a dos elementos: un núcleo de población definido y unos bienes, sean montes, pastos o cotos de caza, cuyos rendimientos se aplican en el territorio de la parroquia. Los montes de las parroquias son montes públicos y, dentro de ellos, comunales, es decir, pertenecientes a las parroquias, en tanto su aprovechamiento corresponde a los vecinos.

Sobre esta base, las «suertes» de San Cosme son trozos o pedazos de monte que, en número de 65 y con una extensión cada uno de ellos de 50 áreas, son propiedad de los vecinos como particulares. El derecho a su uso, es de naturaleza casal y, por tanto, hace falta ser vecino, llevar empadronado dos años y tener casa abierta con humos.

Lo peculiar del caso -y por eso lo singulariza- es el hecho de que las «suertes» en cuestión están enclavadas en un monte vecinal en mano común, es decir, de naturaleza privada, lo que no deja de ser una cierta extravagancia en una parroquia rural cuyos montes son públicos. Dicho con otras palabras, en San Cosme coexisten en un mismo territorio dos tipos de montes: los que pertenecen a la parroquia y son explotados por los vecinos, que son de naturaleza pública comunal, y los que pertenecen a los vecinos en cuanto tales, de naturaleza privada. El aprovechamiento de los públicos se somete a las reglas de la Administración autonómica; el de los privados o vecinales en mano común es libre y todas las cuestiones que atañen a cortas, repoblaciones y especies, son decididas por los vecinos.

El hecho de que a día de hoy existan los montes vecinales en mano común y que, además, coexistan en un mismo territorio con montes comunales, no es más que el testimonio vivo de un proceso histórico de recuperación de una parte pequeña pero importante de los patrimonios colectivos rurales tradicionales existentes en España, que fueron objeto de un proceso de usurpación por las administraciones públicas y por la operación desamortizadora.

Nuevamente las parroquias rurales se nos aparecen como el último reducto de lo más granado de nuestra historia; una razón más para conservarlas y potenciarlas.



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