Las sentencias, sobre todo de los órganos colegiados, no son, obviamente, el resultado de aplicar una fórmula matemática, pero tampoco son el precipitado de destilar el sentido común. Son la suma de las subjetividades mayoritarias de los miembros del órgano en cuestión. La de los tribunales europeos sobre las cláusulas suelo, anulando una sentencia del Tribunal Supremo español, y también esta última, así lo acreditan.
El caso Nóos, va camino de reforzar esta impresión. Por su transcendencia institucional y por su repercusión mediática, nació lastrado y así continúa. No son ajenas a esta azarosa trayectoria las distintas instancias judiciales que intervinieron e intervienen en las sucesivas fases del procedimiento penal.
Desde el juez Castro, que con sus luces y sombras se erigió por voluntad propia en foco de atención mediática, rememorando por el tono y por la forma de sus interrogatorios su condición de funcionario de prisiones, hasta el Tribunal de Palma, cuyas integrantes, todas magistradas, parecen tener serias discrepancias sobre la pena a imponer a Iñaki Urdangarín y a su socio Diego Torres.
Según cuentan los medios, hay dos posturas enfrentadas. Una, patrocinada por las magistradas Samantha Romero, que sustituyó al juez Yllanes fichado por Podemos, a la sazón Presidenta del Tribunal por su condición de más veterana y ponente de la sentencia, y por Eleonor Moya. Y otra sustentada por Rocío Martín. Las primeras defienden una sentencia que podíamos calificar de benévola en cuanto se refiere a los delitos cometidos por el ex Duque de Palma y por el señor Torres y, en consecuencia a las penas a imponer; la tercera pretende que la sentencia recoja más delitos y más penas.
De nuevo nos encontramos con los subjetivismos que parecen formar parte del decorado habitual de los órganos judiciales colegiados. Lo que es preocupante es que las discrepancias salten a la luz teniendo en cuenta que las deliberaciones del Tribunal son secretas.
Según se cuenta, la ponente mantenía contactos habituales con el Presidente del Tribunal Superior de Justicia de Baleares y con el Presidente de la Audiencia Provincial de Palma. Por tanto, la publicitación de las divergencias solo puede ser imputable a los dos citados o a las magistradas integrantes del tribunal sentenciador.
En un juicio normal esta situación sería grave, pero en este caso la filtración es gravísima porque a partir de ella ha circulado un perfil de las tres magistradas que da mucho que pensar y que ya pone en solfa la sentencia antes de que se haga pública.
De Rocío, que al defender mayor severidad en la pena –con lo que satisface a una buena parte de la ciudadanía y a algunos medios calificados de izquierdas ansiosos de «sangre»- es la que sale mejor parada, se dice que es concienzuda, que lo contesta todo y que es técnicamente muy buena. De Samantha, la Presidenta del Tribunal, se comenta que conoce el expediente, que es muy seca con las partes, pero que su pareja actual es un sacerdote de Menorca, en vías de secularización, amigo íntimo de Diego Torres, ex socio de Urdangarín y principal acusado junto al ex Duque de Palma. A Eleonor se le cuelga la etiqueta de que accedió a la carrera judicial por el cuarto turno, que es concuñada de uno de los abogados defensores del caso Noós, que intentó abstenerse sin éxito, pero, eso sí, que es una experta en criminología.
Con estos antecedentes la sentencia, sea la que fuere, no será bien acogida y estará condenada a la crítica más feroz y con toda la razón. Está claro que no son las magistradas adecuadas para intervenir en este asunto.
A unas y a otra les recordaría, parafraseando a Muratori, que el juez debe desnudarse de todo deseo de amor y odio, temor o esperanza y debe sondear su corazón para ver si oculta en él algún impulso secreto de hallar mejores y más fuertes las razones de una parte que de la otra. Y en particular le diría a Rocío que, a veces, el excesivo rigor se convierte en rigor mortis.