El nuevo Gobierno que resulte de los pactos o de nuevas elecciones tendrá que acometer de forma inmediata la reconducción de las cuentas públicas al escenario de consolidación presupuestaria pactado con Bruselas, que obliga a un recorte adicional que se cifra en unos 8.000 millones de euros para poder cumplir con el déficit.
Alcanzar esa cifra es posible. Basta, en principio, con la aplicación de dos medidas cuya operatividad produciría un ahorro igual al recorte exigido por las autoridades europeas. A ellas nos referimos a continuación.
En primer lugar, las relativas al personal eventual. El hecho de que el personal eventual ostente actualmente la condición de empleado público implica que sus retribuciones son abonadas con cargo a la Administración en la que desarrollan su actividad. Esta caracterización del personal eventual es contraria a su propia configuración conceptual. Es personal que ni trabaja para la Administración ni surge por necesidades imputables a la Administración. Por tanto, sus retribuciones deben correr a cargo de los partidos políticos para los que trabajan, que, dicho sea de paso, reciben subvenciones públicas precisamente para sufragar sus gastos de funcionamiento, entre los que se encuentran los de personal. Teniendo en cuenta que el personal eventual ronda la cifra de 100.000 efectivos y que su retribución media alcanza los 45.000 euros anuales, una simple operación matemática nos sitúa en un ahorro de 4.500 millones de euros.
En segundo lugar, tenemos el sector público. Se trata de fórmulas organizativas que, pese a perseguir fines de interés general, tienen personalidad privada o que, aun ostentando la condición de organismos públicos, se rigen en mayor o menor medida por el derecho privado. Se han creado a partir del fenómeno bautizado con la elocuente expresión de «huida del derecho administrativo», que algún autor rebautizó como «huida del derecho administrativo, del presupuesto y de los controles financieros». En el debate político se les denomina «chiringuitos».
El fenómeno adquiere rasgos ofensivos en el terreno de las fundaciones, cuyo uso debería estar prohibido para los entes públicos. La Constitución reconoce a los particulares como derecho fundamental el de la fundación para fines de interés general, y esa es la razón de que la ley atribuya a la Administración, a través de un Protectorado, la tutela de ese interés general que está en la base fundacional. Por ello, la constitución de fundaciones por la Administración pública, además de una redundancia –la Administración persigue el interés general según el art. 103.3 de la Constitución-, supone una enorme contradicción. Resulta extravagante que la Administración se tutele a sí misma a través del Protectorado.
Se calcula que la suma del sector público y las fundaciones alcanza la cifra de 4.200. Su coste alcanza los 3.500 millones de euros.
Objetivo cumplido.
Si sumáramos la lucha contra el fraude fiscal, que ha cobrado actualidad con los denominados «papeles de Panamá» y cuyo valor se cifra en 40.000 millones de euros, iríamos a Bruselas a hacer una exhibición de poderío económico.
Son muchos los escalones superiores que hay que barrer y, si se sigue pasando la aspiradora únicamente por los inferiores, estos acabarán desgastándose y la sociedad humilde que los habita será definitivamente masacrada y extinguida, lo que conllevará la pérdida de apoyo de la escalera y su derrumbe definitivo.
El Gobierno insiste en barrer las escaleras de abajo arriba cuando todo el mundo sabe que las escaleras se barren de arriba abajo.
No se puede conseguir más que nadie haciendo lo mismo que todos.