A vueltas con la sestaferia

Dice una sabia máxima de Epicteto que "Cuando hayas de sentenciar procura olvidar a los litigantes y acordarte sólo de la causa", y eso voy a hacer en el debate verbal suscitado entre el Ayuntamiento de Oviedo y los vecinos de la zona rural en torno a la viabilidad de la sestaferia.

            La sestaferia es una figura del Derecho Consuetudinario Asturiano que nace, se desarrolla y se aplica en la zona rural para el arreglo y mantenimiento de las infraestructuras de exclusivo interés del núcleo vecinal tales como caminos, fuentes, abrevaderos, lavaderos y similares y a ella están obligados los vecinos que casi de manera privativa se benefician de esas infraestructuras.

            No cabe, pues, apelar al principio de igualdad con los residentes en la zona urbana en la que no existen infraestructuras similares ni de uso tan restringido para eximirse de tal obligación, ni menos aún utilizar el manido argumento de que todos pagamos impuestos que, con ser cierto, no supone en este caso concreto trato desigual por cuanto que para los residentes en zona urbana los impuestos son notablemente superiores a los homónimos de la zona rural. Más aún, si tomamos como referencia la calle Uría, por ser la más céntrica, a buen seguro que el impuesto de bienes inmuebles del conjunto de sus propietarios es superior al equivalente del total de la zona rural. Por tanto, igualdad sí, pero en circunstancias también iguales.

            Se dice que la población de la zona rural es vieja. Seguramente es cierto, pero de la sestaferia están excluidos los mayores de sesenta y cinco años.

            Por lo que se refiere a la posibilidad de un accidente durante el desarrollo de la sestaferia no puede erigirse en argumento válido de inviabilidad por cuanto que, como aconsejamos en la Compilación aprobada por el Parlamento Asturiano, el ayuntamiento que la organice debe suscribir un seguro de responsabilidad que cubra a todos los vecinos que intervengan en la sestaferia.

            Se afirma, por último, que hay vecinos que tienen casa pero que no viven en ella. Tampoco esta circunstancia plantea problema alguno ya que la sestaferia está configurada en la Compilación como una obligación de carácter casal de tal manera que cada casa o manda un representante o redime la sestaferia mediante el pago del doble del salario mínimo interprofesional por día de ausencia.

            La sestaferia forma parte de nuestra historia y se practica en todas las zonas rurales de Asturias y las de Oviedo no tienen por qué ser una excepción.

            Decía Ramón y Cajal "Nada me inspira más respeto, veneración y asombro que una persona mayor que sabe cambiar de opinión".

            A ver si hacemos realidad estas palabras de nuestro Premio Nobel de medicina.



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