El pariente de Carmena

El crédito electoral de la Alcaldesa de Madrid, Manuela Carmena, se está escurriendo como el agua por las alcantarillas en días de lluvia.

El nombramiento del marido de una sobrina para un cargo de confianza rompe todos los esquemas. No vale acudir a la semántica para disfrazar la cuestión. Lo relevante no es que el nombrado sea personal eventual, cargo de libre designación o cargo de designación libre. Lo verdaderamente importante es que un familiar suyo accede al puesto por decisión dactilar. Nadie duda de sus méritos ni de su cualificación. Nada habría que oponer si para la cobertura del puesto se hubiera puesto en marcha un proceso de concurrencia competitiva al que hubieran podido optar otros funcionarios, posibles interesados en acceder al puesto. No siendo así, y habiendo recaído el nombramiento en un familiar, se están emulando las mismas pautas que se criticaban. Los ciudadanos de Madrid la votaron porque había prometido erradicar este tipo de prácticas.

Ideas peregrinamente improvisadas como que las madres se ocupen de limpiar las escuelas, que denotan un desconocimiento total de la realidad, o el tratamiento indiscriminado de los desahucios crean en la ciudadanía un clima de incertidumbre que genera la duda de si la capital de España está en buenas manos. Por cierto, el tema de los desahucios no puede tratarse como un tótum revolútum. Hay desahucios y desahucios. Nadie duda de que en ocasiones las vicisitudes de la vida colocan a personas de buena fe y responsables en una situación económicamente crítica (todo nuestro apoyo y ayuda para ellas), pero nadie negará que hay mucho desalmado suelto que al pairo de estos movimientos bienintencionados se aprovecha de la situación y elude el pago de obligaciones pecuniarias que asume ya en sus orígenes sin ninguna intención de cumplir. Si generalizamos soluciones y apoyamos institucionalmente al incumplidor, estaremos atentando contra el principio de seguridad jurídica y tirando el Código Civil a la basura. Debe encontrarse el adecuado equilibrio entre el derecho a la propiedad y el derecho a la vivienda, potenciando la actuación de los servicios sociales en caso de necesidad.

La actuación de la Alcaldesa me recuerda aquel pasaje del Quijote en el que Sancho departe con unos peregrinos y bajo el lema “cuando a Roma fueres, haz lo que vieres”, les pide la bota que contenía el vino y lo bebe no con menos gusto que ellos.

Nadie en la sociedad actual pasa la prueba del algodón. Se ha puesto el listón de la exigencia ética tan alto que los propios patrocinadores de esta nueva corriente se ven atrapados en sus propias redes.

Por cierto, hablando de ética. Siempre patrociné que los políticos, como empleados públicos que son, debieran someterse a las mismas reglas generales que resultan de aplicación al resto de los empleados públicos, entre ellas, a la fijación de una edad de jubilación forzosa. El establecimiento de una edad máxima -que en el ámbito laboral puede variar en cada profesión- a partir de la cual el funcionario público debe poner fin a su actividad trae causa en dos ideas centrales: la primera, relacionada con la capacidad e idoneidad para desempeñar las tareas propias del puesto; la segunda, basada en políticas de empleo.

¿Es ético que una persona que desde el punto de vista legal ha sido declarada en situación de jubilación por razón de edad por entender que ha llegado al máximo de su capacidad para ser juez se reenganche en otro puesto público y pase a regir los destinos de una ciudad como Madrid? ¿Para juez no es apta pero para gestionar los intereses públicos sí? ¿Cuál es la edad a la que un político debe jubilarse?

Decía Norberto Bobbio que para conocer la naturaleza humana, nada más aleccionador que la vida política, y no parece que le falte razón.

 



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