Vivimos tiempos de cambio, avanzamos hacia una sociedad cada vez más exigente, y ello debe congratularnos por más que, en ocasiones, se juzguen conductas pasadas con criterios nuevos, contrariando, de alguna manera, las pautas del Código Civil que ordena que las normas se interpreten de acuerdo con la realidad social del tiempo en que han de ser aplicadas.
Pero, repito, es bueno que se apliquen las leyes con rigor y, sobre todo, que se refuerce la exigencia ética que, aunque perteneciente a la esfera privada del individuo, es más contundente que la ley.
Dentro de este nuevo marco, se incorporó al Estatuto Básico del Empleado Público un código ético y de conducta que proclama como principios a observar la neutralidad, la objetividad y la imparcialidad.
Si de la función pública por antonomasia nos trasladamos al ámbito de la carrera judicial, comprobamos que su regulación está ayuna de cualquier medida equiparable a la del Estatuto Básico. Los jueces, eso sí, son independientes, y como garantía de esa independencia, se proclama su inamovilidad, inamovilidad que también se predica de los funcionarios públicos.
Vienen estas reflexiones a cuento porque el Consejo General del Poder Judicial adjudicó al magistrado José de la Mata el juzgado de Pablo Ruz, adjudicación que no merecería comentario alguno si no fuera porque José de la Mata fue Director General con el ministro socialista Francisco Caamaño.
Esto así, José de la Mata se hará cargo del sumario del caso Gürtel en el que están implicados varios ex dirigentes del Partido Popular.
Legalmente esto es posible, pero ¿es éticamente razonable?
Ciertamente -y así lo afirmaron algunos vocales del Consejo General del Poder Judicial con ocasión de la sanción impuesta al juez Vidal por elaborar una Constitución para Cataluña-, la ideología es un problema privado, pero ¿qué ocurre cuando se exterioriza públicamente, como es el caso de José de la Mata, que aceptó ocupar un cargo de designación libre en un gobierno socialista?
La independencia, la neutralidad, la objetividad, la imparcialidad ¿pueden ser trajes de quita y pon?
Cualquier decisión que llegue a adoptar José de la Mata en el caso Gürtel será, para las partes, sospechosa de estar contaminada.
En sistemas como el inglés, el denominado Manual del Funcionario, tras manifestarse expresamente por la prohibición de que los funcionarios puedan jugar un papel en el terreno de la política, dice “... esto no significa que no debáis tener opiniones políticas, que no debáis votar en las elecciones, sino simplemente que debéis absteneros de hacer cualquier cosa que pudiera hacer dudar a la opinión pública de vuestra imparcialidad en el ejercicio de vuestras funciones. Poco importa, naturalmente, el partido político al que pertenezcáis: el partido que tiene ahora la mayoría puede pasar a la oposición el año siguiente, la semana próxima, y si vuestra fidelidad al Gobierno no es puesta ahora en duda, podrá serlo entonces”.
La ética es, según la doctrina, “el conjunto de intuiciones y concepciones de las que se valen los distintos grupos humanos e individuos para identificar lo que está bien y lo que está mal, lo que se debe hacer y lo que se debe evitar”, y, en este caso, parece claro lo que se debiera evitar.
Bienvenido sea el avance de la ética, pero sería bueno que lo hiciera en todos los ámbitos, ya que, en caso contrario, ”Grave praeiudicium est, quod iudicium non habet”, lo que, traducido, significa: “El prejuicio es grave porque descarta el juicio”.