El Tribunal Constitucional Portugués y la inamovilidad de los funcionarios

 

El Tribunal Constitucional portugués ha anulado la ley a través de la cual el Gobierno de Portugal ofrecía a la troika, en bandeja de plata, la cabeza de cientos de funcionarios docentes afectados por el denominado régimen de “movilidad especial” en base al cual se les desvinculaba de su condición de funcionarios una vez agotado el período de doce meses de que disponían para encontrar un puesto de trabajo, expectativa de colocación abocada inexorablemente al fracaso, dada la caótica situación de la economía del país vecino.

El Tribunal viene a decir que la ley en cuestión viola la garantía del empleo y los principios de confianza y de proporcionalidad, garantizados por la Constitución lusa, que de ser violentados –y ésta es una ironía personal-, pasaría a ser ilusa.

 

Acertada decisión.

 

En los últimos tiempos se viene especulando con demasiada ligereza sobre las prerrogativas de los funcionarios públicos, en especial, sobre su condición de empleados inamovibles y su corolario, el sueldo fijo y garantizado.

Y se viene haciendo, especialmente, desde los sectores político y empresarial.

Es admisible que la crisis económica remueva las aguas del agravio y que las clases sociales desfavorecidas que, además, suelen ser las menos cualificadas, vean a los funcionarios como unos privilegiados, pero no lo es que se mantengan esas mismas actitudes desde el poder y el capital.

Están felizmente superadas las viejas ideas preconizadas por Javier de Burgos o Posada Herrera que consideraban que todos los empleados públicos tenían que ser hombres de confianza de los ministros y que, por tanto, éstos debían tener la facultad de separarlos libremente.

 

Frente a tal concepción patrimonialista de la cosa pública por parte de la clase dirigente, se fue abriendo camino la doctrina de la neutralidad política del funcionario, imponiéndose los principios constitucionales de mérito y capacidad para el acceso al empleo público que conllevan la cuestionada inamovilidad.

A partir de esa concepción, al político le corresponde dirigir la Administración jerárquicamente ordenada y al funcionario velar por que esa Administración actúe con sometimiento pleno a la ley y al Derecho.

Éste es el reparto de papeles en las democracias de verdad.

En Portugal el sistema de función pública es similar –en el aspecto que estamos analizando- al español. Su Tribunal Constitucional ha puesto las cosas en su sitio y ha impedido que la invocación de razones económicas pueda ser utilizada como una patente de corso para pervertir e invertir los pilares sobre los que se asienta el sistema.

 

Debe quedar pues claro que la inamovilidad, lejos de ser un privilegio espúreo alcanzado por los funcionarios, es una conquista del Estado de Derecho y una garantía del sistema democrático.

Los funcionarios no son ni los enemigos del sistema ni los causantes de la crisis, sino las víctimas.

No sobran funcionarios, sobran cargos de confianza y empresas públicas familiares. En Portugal ocurre lo mismo que, en España: la crisis la sufren los trabajadores mientras que la clase política, no sólo conserva sus canonjías, sino que las aumenta. Hace unos días, pudimos comprobar como un alto cargo político acudía a la Audiencia Nacional en un coche del partido y con tres personas a su servicio: el chófer, un abogado y una asesora personal. Y todo eso para declarar como testigo.

           

Lo ocurrido en Portugal nos trae a la memoria aquellas palabras de Bobbio cuando señalaba que “grave amenaza es ser gobernado por poderes ocultos”, añadiendo que “esto ocurre cuando el que manda no es el que firma”, y esto es lo que, lamentablemente acontece cuando quien maneja los hilos es Merkel y las marionetas los gobiernos europeos que no dudan en subvertir los cimientos del Estado de Derecho con la excusa de una crisis de la que sólo ellos son los responsables. 



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