La acción con fesoria

El mundo rural asturiano nos sorprende, con más frecuencia de la deseada, con hechos macabros que tienen su origen en problemas ancestrales que la evolucionada sociedad en la que vivimos no ha sido capaz de solucionar.

            La propiedad de un pedazo de tierra, la delimitación de los lindes de una finca y, sobre todo, las servidumbres en sus distintas modalidades, en especial, las de paso, están, en el origen de desavenencias vecinales que enquistadas y sin un enfoque adecuado concluyen en episodios sangrientos.

            Sería simplificar en exceso el planteamiento si apeláramos en exclusiva a la tierra y su uso como causa del problema. Ciertamente, desde que el hombre cercó por primera vez un trozo de terreno y se atrevió a decir ¡esto es mío! - y, como afirmaba Rousseau, encontró gentes lo suficientemente tontas para creerlo-, cualquier intento de usurpación de la propiedad, se considera una afrenta personal.

            Pero en estos casos, como en tantos otros, los problemas los crean las personas. ¿Por qué un paisano de reconocida nobleza como es el asturiano reacciona de forma violenta e irracional ante una situación en la que lo que se debate es en la mayor parte de la ocasiones meramente simbólico y carente de significado económico apreciable?

            Tuve ocasión de comprobar en el transcurso de los reconocimientos judiciales a los que asistí en materia de lindes y servidumbres, que problemas que tendrían fácil solución aplicando las numerosas y detalladas soluciones que ofrecen al Código civil y el Derecho Consuetudinario Asturiano, se tornan insalvables a partir de actitudes intransigentes, cuando no chulescas e insultantes. Una palabra inapropiada o un calificativo ofensivo, transforman a la persona más serena y pacífica en un auténtico salvaje cuya única ansía es la destrucción del oponente.

            Pero, en todo caso, las partes implicadas se sienten recíprocamente agraviadas y apesadumbradas por la carga que supone convivir con el problema, sufren una alteración de sus procesos cognitivos y emocionales, llegando a sufrir trastornos obsesivos que magnifican la situación y la única solución pasa por aniquilar al vecino molesto  en quien se personifica la causa de la perturbación.

            Esto así, cualquier encuentro casual con el interesado o con sus familiares, enciende la mecha de la discusión que puede desencadenar un desenlace trágico. Como quiera que estas historias se desarrollan en su ámbito natural,  un instrumento ideado para el trabajo en el campo, como es la fesoria, se convierte en un arma primaria de agresión y muerte.

            No se debe ironizar con estas cosas, salvo que la ironía pueda servir para enderezar tan detestables conductas, y por ello me permito traer a colación un relato relevante para el asunto que estamos comentando.

 

Cuenta el anecdotario jurídico la historia de aquél asturiano que acude a la consulta de un abogado para plantearle un problema relacionado con una servidumbre. El jurista, tras valorar el problema le comenta a su cliente “esto no se arregla si no es con una acción confesoria”. El interesado, de vuelta a casa, ávido de venganza y animado por el consejo de su abogado, irrumpe en el domicilio del vecino que cuestionaba la servidumbre y emprende contra él la acción con fesoria.

            Ciertamente, en el lenguaje hablado, es difícil distinguir la acción confesoria de la acción con fesoria, pero, al margen de anécdotas, la acción confesoria existe y es aquella que puede ejercer el titular de un predio dominante para que se declare que tiene derecho a mantener una servidumbre ya existente y a que ésta siga siendo soportada por el predio sirviente.

            Sirva la anécdota de lección. Abandonemos el primitivismo y ejercitemos la acción confesoria, o aquella otra que proceda en cada caso, y erradiquemos la acción con fesoria. La nobleza del pueblo asturiano y el sentido común, lo exigen.

 



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