El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino ha formulado la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto “Senda costera de Cudillero. T.M. Cudillero (Asturias)”, concluyendo que, siempre y cuando se autorice en la alternativa seleccionada y en las condiciones deducidas del proceso de evaluación, quedará adecuadamente protegido el medio ambiente y los recursos naturales.
El proyecto tiene como objeto la mejora y transformación del borde marítimo en el tramo de costa, dotándola de los elementos necesarios para su acceso, uso y disfrute públicos. Dada la aceptación y el éxito que ha tenido la senda costera de Muros de Nalón, se ha procurado dar continuidad a esta senda prolongándola con la que se proyecta para Cudillero. El promotor es la Demarcación de Costas de Asturias, de la Dirección General de Sostenibilidad de la Costa y del Mar del MARM.
La construcción de la senda peatonal generará impactos positivos en el medio socioeconómico al permitir la realización de actividades de uso público por parte de los ciudadanos y visitantes de la zona, y ampliar las posibilidades turísticas de Cudillero, actualmente centradas en la villa y la zona portuaria.
El restablecimiento del libre paso por el borde costero del entorno de la villa de Cudillero contribuirá a la reducción del tráfico de vehículos entre las playas de Águilas y la playa de Las Rubias. El acceso a la playa de Conchiquina, que en la actualidad presenta cierta peligrosidad, será remodelado, lo que supone un impacto positivo para la seguridad de las personas.
Para la realización del proyecto, el promotor deberá cumplir todas las medidas preventivas y correctoras contempladas en el Estudio de Impacto Ambiental y en el plan de vigilancia ambiental, las aceptadas durante la información pública y las condiciones establecidas en la presente Resolución. La aplicación de estas medidas garantizará que las afecciones sean mínimas y compatibles con los valores de conservación de los distintos espacios protegidos.
Antes del inicio de las actuaciones se establecerá un calendario de obra con objeto de evitar la ejecución de las acciones más impactantes durante el periodo de cría y nidificación y/o freza de las especies más importantes existentes en el ámbito de actuación.
Para las actividades de restauración vegetal, la DIA exige que se utilicen especies de procedencia autóctona, dada la localización del proyecto y la importancia de la rasa costera para las aves migradoras en otoño. Además, establece que deberá elaborarse un proyecto de revegetación y de restauración de las zonas afectadas por el proyecto que contemplará todas las superficies. Durante la realización de las obras se dispondrán barreras temporales para evitar el aporte de materiales por escorrentías y la degradación en los cursos de agua atravesados por la senda peatonal.
Se garantizará el respeto al libre uso de los caminos públicos que pudieran verse afectados, la adecuada conservación de los que vayan a ser utilizados así como la reposición de todos los bienes y servicios afectados existentes en el entorno del proyecto. El proyecto definitivo deberá ser objeto de autorización expresa por la Dirección General de Ordenación del Territorio y Urbanismo (Principado de Asturias).
FOTO: SRT