Los dueños de perros de Avilés no saben usar los parques

Los dueños de perros de Avilés no saben usar los parques

Campaña informativa de la Policía Local sobre el uso de parques y vías públicas con perros

Los y las agentes municipales denuncian la no recogida de excrementos y el incumplimiento de la normativa de razas peligrosas

La Ordenanza Municipal obliga a llevar atados los perros en todo momento y a recoger excrementos, y prohíbe invadir las zonas de césped

 

La Policía Local de Avilés ha iniciado este fin de semana una campaña informativa dirigida a propietarios de perros sobre las condiciones de uso de parques y zonas verdes recogidas en la Ordenanza Municipal. Esta campaña informativa continuará en noviembre y es consecuencia de la proliferación de quejas trasladadas por un uso incorrecto de las zonas verdes de la ciudad, sobre todo por la presencia de perros sueltos, no recogida de excrementos o perros de razas potencialmente peligrosas cuyos propietarios no cumplen la normativa específica.

Esta acción de difusión del contenido de la Ordenanza Municipal en la parte referida a la obligatoriedad de utilizar correa de sujeción para todos los perros no incluye denuncia por parte de Policía Local. Sin embargo, los agentes sí que proceden a la correspondiente denuncia a las personas que no recogen los excrementos de sus mascotas y a los propietarios de perros peligrosos que no cumplen la normativa.

En el caso de las sanciones por no recogida de excrementos, refuerzan la campaña puesta en marcha hace unas semanas por el Ayuntamiento de Avilés en materia de reciclaje y recogida de residuos específicos como son las deposiciones animales, los enseres y las colillas.

El control llevado a cabo este fin de semana por agentes municipales se desarrolló en los parques de Ferrera, La Luz, Luz Casanova, La Carriona, Versalles, Las Meanas y Juan XXIII/Fernando Morán con le siguiente resultado:

  • 43 entrevistas informativas e identificaciones verbales de propietarios de perros en los parques y zonas verdes, siendo informados del contenido de la Ordenanza de Uso y Protección de Zonas Verdes de Avilés, especialmente, de la obligación de llevar atados los perros en todo momento en los parques públicos, de la prohibición de invadir las zonas de césped, la pista finlandesa del Parque Ferrera y la obligación de recoger los excrementos de sus mascotas. También se informó sobre la correcta identificación con microchip y pasaporte. Respecto a los dueños de Perros Potencialmente Peligrosos, deben ir atados con una correa inferior a dos metros de longitud y bozal, además de la correcta identificación del animal y la licencia municipal del propietario acompañada del seguro de responsabilidad civil.
  • 4 actas de denuncia por infracción de la Ordenanza Municipal de Limpieza por no recoger  los propietarios los excrementos de sus animales. (Parque de La Magdalena, Parque de Ferrera, calle José Antonio Rodríguez y  parque Juan XXIII / Fernando Morán).
  • 1 acta por infracción a la Ley 13/2002 del Principado de Asturias sobre tenencia, protección y derechos de los animales, por no controlar debidamente a los animales (perro no potencialmente peligroso que invade la calzada).
  • 5 actas por infracción a la Ley 13/2002 del Principado de Asturias sobre tenencia, protección y derechos de los animales, por cuestiones relativas a los perros potencialmente peligrosos: 2 perros sin licencia específica en Sabugo, 2 perros sin bozal en la vía pública y otro sin bozal ni correa en el Parque de Ferrera.

Ordenanza de Uso y Protección de Zonas Verdes de Avilés  

En su artículo 20 especifica la circulación de los perros por los parques y zonas ajardinadas. Señala que todos los perros deben estar identificados con el microchip subcutáneo y el pasaporte animal. Además, en el caso de los parques y jardines la Ordenanza obliga a que todos vayan atados con una correa de longitud máxima de 2 metros.

Los perros sólo podrán circular por las zonas de paseos de los parques evitando que causen molestias a las personas. Queda prohibido que se acerquen a los juegos infantiles, que penetren en las praderas de césped y en los macizos ajardinados, en los estanques o fuentes y que espanten a las palomas, pájaros y otras aves y animales.

Como medida higiénica ineludible, las personas que conduzcan perros dentro de parques, jardines y plazas públicas, impedirán que éstos depositen deyecciones en los mismos y en general en cualquier zona de tránsito de peatones, y muy especialmente en zonas de juegos infantiles y otras frecuentadas por los niños. Sus conductores cuidarán de que realicen sus deposiciones fuera de los recintos de parques y jardines y en lugares adecuados.

Los perros catalogados como potencialmente peligrosos han de circular por toda vía pública, incluidos parques y jardines, con correa inferior a dos metros y bozal, además de las correspondiente identificaciones con microchip subcutáneo y pasaporte del animal. El propietario ha de contar con un seguro que cubra la responsabilidad civil derivada de la tenencia del animal por importe mínimo de 120.000 € y debe obtener del Ayuntamiento la Licencia para la tenencia de Perros Potencialmente Peligrosos, pudiendo pasear un sólo perro de éstas características.

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