La mediación en consumo supondría una buena noticias para los autónomos, que por no ser consumidores finales, según la ley vigente, solo pueden acudir a los tribunales de justicia, lo que les convierte en ‘ciudadanos de segunda clase’
Se celebra mañana el Día Europeo de la Mediación, este proceso por el que dos o más partes acuden voluntariamente, y de mutuo acuerdo, a un tercero, objetivo e independiente para que les ayude a prevenir, gestionar o resolver un conflicto, ayudándolos a alcanzar acuerdos voluntarios mutuamente aceptables.
Como venimos resaltando desde hace años, la situación actual, de cambio constante, hace que sean insuficientes los sistemas tradicionales de resolución de conflictos. Así, como asociación de consumidores, buscamos, cambiar, de la confrontación de intereses y posiciones, a un modelo de cooperación en la resolución de litigios y de acercamiento de intereses, gracias a la labor del mediador.
Se trata, no sólo de descongestionar a los tribunales saturados, sino de buscar un sistema, más económico y accesible para los consumidores, que resuelva los conflictos sin dilatarse en el tiempo. Las partes, al aceptar voluntariamente estos sistemas de resolución de conflictos extrajudiciales, eligen, un sistema cuya resolución es obligatoria y consensuada.
Desde ASGECO lamentamos el retraso del Gobierno en la transposición de la Directiva 2013/11/UE relativa a la resolución alternativa de litigios en materia de consumo, y que el anteproyecto de ley no contemple la mediación en consumo máxime cuando el diálogo entre las partes con un tercero objetivo puede solventar gran parte de los conflictos o acercar posturas que lleven a soluciones pactadas y extrajudiciales.
Además, consideramos, que supondría sobre todo para autónomos y micro empresas, el método más adecuada para resolver pequeños conflictos del día a día, ya que en el escenario actual, se han convertido, de facto, en ‘ciudadanos de segunda clase’ al no poder beneficiarse de las juntas arbitrales de consumo, único sistema gratuito para los consumidores y rápido, por no ser consumidores finales, según la norma de consumo y solo contar con los tribunales de justicia para ello.