Va a parecer de inmediato publicado un decreto de la Consejería de Desarrollo Rural vedando por dos años la recogida del oriciu para profesionales y ciudadanos de a pie. Asimismo, vedando la recogida de la mexona (anémona) en determinadas temporadas, restringiendo su cupo y cerrando su recogida solo para profesionales.
La asociación Volver al Pedreru manifiesta su disconformidad con la medida, aunque se alegre de que el plazo de cinco años de veda, como inicialmente se preconizaba por la Consejería, haya quedado reducido a dos.
Pero de todas maneras, y tal como señalábamos en nuestras largas y documentadas alegaciones del 28 de junio de este año, había otras medidas, que, limitando mareas y zonas, podrían haber conjugado perfectamente la recogida del oricio como la preservación del recurso.
Y, aunque la recogida de la anémona no es una afición muy extendida en Asturies nos molesta extraordinariamente que su captura haya quedado reducida a los profesionales. Como señalábamos en las alegaciones antedichas, los recursos marinos no son propiedad exclusiva de los pescadores profesionales (salvo que se entienda que el mandato del Génesis –I, 28- se dirija a ellos en exclusiva); y nos parece una grave vulneración de la Constitución y de los más elementales principios jurídicos y democráticos que los pescadores profesionales puedan recolectar 20 kg diarios para su venta y que un ciudadano no pueda recoger 100 gramos para llevarse a la boca.