El TSJ de CyL levanta las medidas cautelares que cerraron 'Casa Mieres'

El TSJ de CyL levanta las medidas cautelares que cerraron Casa Mieres

El Tribunal Superior de Justicia de Castilla-León ha estimado el recurso presentado por el Ayuntamiento de Mieres contra las medidas cautelares impuestas hace casi un año por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 3 de León que obligaron a cerrar las instalaciones de Casa de Mieres en el Puerto Pinos.

Se trata de unas instalaciones que, según ha recordado la administración local, contaban con la preceptiva licencia otorgada por el Ayuntamiento de San Emiliano. Ante esa sentencia en la que se acordó la clausura de todas las instalaciones de forma cautelar, el Ayuntamiento tuvo que proceder al cierre de Casa Mieres en julio de 2015. Tras esto, presentó un recurso que ha sido tenido en cuenta por el TSJ de Castilla-León que, con su fallo, permite reabrir este servicio de comedor para ganaderos en Pinos.

El Gobierno local valora este fallo judicial, que tiene en cuenta que no cabe la adopción del cierre cautelar de las instalaciones ya que, según consta en el fallo, "tampoco se acreditan por la parte solicitante de la medida cautelar la causación de perjuicios concretos al respecto de la ejecución de la Resolución impugnada, ya que a priori, y sin entrar en otras consideraciones que pudieran incidir directamente con el fondo de la cuestión debatida, los únicos perjudicados en principio serían quienes teniendo una licencia no pueden ejercer la actividad en principio autorizada, no constando la causación de daño ambiental ni a terceros por el ejercicio de la actividad, lo que ha de conducir a no estimar la suspensión interesada al respecto".

Además, la sentencia, en sus fundamentos de derecho, plantea que "debemos señalar como premisa de partida que nos situamos ante una solicitud de licencia ambiental para el ejercicio de una actividad, si bien el solicitante es una Administración Pública -el Ayuntamiento de Mieres- en su condición de propietaria desde el año 1926 de un refugio en el Puerto de Pinos, dentro del término municipal de San Emiliano".

"Reiterando lo señalado en el Auto apelado respecto a que ninguna disposición legal impide que este Ayuntamiento pueda ser propietario de un inmueble fuera de su término municipal, por lo que difícilmente puede hablarse de extraterritorialidad competencial por parte del solicitante de la licencia, ya que la solicitud se dirige precisamente frente a la autoridad local competente por razón de la ubicación territorial del edificio, salvaguardando precisamente con ello lo establecido en el artículo 12 de la Ley de Bases de Régimen Local", señala el fallo.

El Gobierno analiza los pasos a seguir para reabrir en el menor plazo posible este servicio para los ganaderos y destaca el hecho de que este recurso haya prosperado y se haya tenido en cuenta el trabajo realizado por el Ayuntamiento para legalizar las instalaciones del Puerto Pinos y evitar cualquier tipo de controversia sobre unos pastos que son propiedad del Ayuntamiento de Mieres desde hace 90 años.

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