La calidad del agua de ocho de cada diez playas asturianas recibe la máxima calificación sanitaria

La calidad del agua de ocho de cada diez playas asturianas recibe la máxima calificación sanitaria

El 98,6% de las zonas de baño de Asturias presenta una calidad adecuada de sus aguas, según las calificaciones sanitarias obtenidas por la Agencia de Sanidad Ambiental y Consumo en 2015 y vigentes durante esta temporada. De ellas, el 80,3% es excelente, el 12,7% buena y el 5,6% suficiente.

La Consejería de Sanidad analiza y publica semanalmente los datos relacionados con la calidad de las playas sobre la base del Programa de Vigilancia, que se lleva a cabo anualmente durante esta temporada. La sucesión de mediciones a lo largo del tiempo determina la calificación final que se otorga a cada zona.

Los datos que se publican cada semana se corresponden con el último análisis realizado y reflejan únicamente la situación puntual en el momento del muestreo. Esto explica que pueda haber variaciones en función de determinantes como, por ejemplo, unas condiciones meteorológicas adversas o vertidos puntuales de corta duración.

Los resultados del análisis se publican en la página web del Principado de Asturias:  https://www.asturias.es/Asturias/playas/index.htm.

Estas calificaciones se calculan con arreglo a la normativa europea armonizada, que tiene en cuenta los datos analíticos correspondientes a las cuatro últimas temporadas, siendo los últimos consolidados los correspondientes al año 2015. Esto significa que todas las playas de los países europeos se califican de la misma forma y sus datos son comparables.

En el censo oficial de esta temporada figuran 61 zonas de baño, con 71 puntos de muestreo repartidos en 19 municipios. Los datos revelan que sólo uno de los puntos analizados presenta aguas de calidad insuficiente, lo que conlleva  que sea un área no recomendable.

Sanidad recuerda que las autoridades locales se encargan, cada temporada de baño, de: mantener las debidas condiciones de limpieza, higiene y salubridad de las playas,  informar mediante carteles de las características del arenal y las medidas de seguridad y vigilar los posibles puntos de vertido cercanos que puedan suponer  riesgo de contaminación.

De acuerdo con la normativa, si durante cinco años consecutivos las aguas son clasificadas como de calidad “insuficiente”, puede dictarse una prohibición permanente de baño o la recomendación de abstenerse del mismo.

Además, en las inmediaciones de estas áreas y en lugares de fácil acceso, debe facilitarse al público información sobre su calidad, las medidas correctoras y preventivas, así como todos aquellos aspectos que puedan implicar un riesgo para la salud de los bañistas.

 

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