Cinco responsables de una obra promovida por la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento han admitido su responsabilidad por un accidente laboral ocurrido en diciembre de 2005, cuando un trabajador recibió una descarga eléctrica. Los cinco acusados se reparten 33 meses de prisión, tras el acuerdo alcanzado. Tres de ellos han sido condenados a nueve meses de cárcel y los dos restantes a tres.
La vista oral estaba señalada este martes en el Juzgado de lo Penal número uno de Oviedo, aunque el reconocimiento de los hechos por parte de los acusados evitó el desarrollo de la misma.
El 20 de Diciembre de 2005, la víctima, de 27 años, se encontraba trabajando en las obras de construcción de la Autovía A-63, Oviedo-Salas, tramo Trubia-Llera (2ª Calzada). En un momento dado, recibió una descarga eléctrica, sufriendo quemaduras en un dedo de la mano derecha y en el dorso y un dedo del pie derecho. Precisó de dos intervenciones quirúrgicas con colocación de injertó cutáneo. Le han quedado secuelas.
Los cinco acusados reconocieron que no habían habilitado medidas para evitar el riesgo eléctrico derivado de la ejecución de trabajos en proximidad de líneas de alta tensión y no habían dispuesto un sistema o procedimiento de trabajo o de coordinación entre los trabajadores de las distintas empresas intervinientes.
Y ello pese a que, tanto, en las evaluaciones de riesgos elaboradas por las empresas, como en el Plan de Seguridad y Salud, se había detectado este riesgo, señalándose la necesidad de que, o bien no se realizasen los trabajos sin que la compañía eléctrica descargase la línea, o bien se balizara o instalaran barreras de protección o pórticos para respetar la distancia mínima de seguridad.
Según han explicado desde Fiscalía, el procedimiento judicial estuvo paralizado injustificadamente en numerosos periodos, y así, desde la apertura de Juicio Oral el 10 de octubre de 2012, no se dio traslado para la presentación de escritos de defensa hasta el 9 de abril de 2014.
Los hechos fueron considerados constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores en concurso con un delito lesiones imprudentes. Además, los acusados aceptaron indemnizar conjunta y solidariamente al trabajador herido con 47.138,86 euros y abonar los gastos de asistencia médica, más los intereses legales. De estas cantidades responderán directamente las aseguradoras de la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento y de las empresas implicadas y, subsidiariamente, la Dirección General de Carreteras del Ministerio de Fomento, la empresa contratista principal, la empresa para la que trabajaba la víctima y las empresas contratadas para las operaciones de elevación y transporte.