Desarrollo Rural mejora el protocolo para el diagnóstico de animales

Desarrollo Rural mejora el protocolo para el diagnóstico de animales

Ganadería pretende reforzar más el diagnóstico de la enfermedad sin poner en riesgo el estatus sanitario de la cabaña

 

El director general de Ganadería, Ibo Álvarez, ha presentado hoy a los representantes de los sindicatos agrarios UCA, Coag y Asaja un borrador de protocolo general de flexibilización para el diagnóstico de animales reaccionantes a la prueba de la tuberculina.

El objetivo de esta prueba es asegurar más el diagnóstico y eliminar posibles reacciones inespecíficas sin poner en riesgo el estatus sanitario de la cabaña ganadera, uno de los mejores de España. Este protocolo se podrá aplicar en 2016 en más del 90% de las explotaciones, que son las que actualmente cumplen los requisitos establecidos en el borrador.

El nuevo planteamiento de la consejería para la próxima campaña fue acordado la pasada semana en una reunión entre el director general de Ganadería, la empresa Tragsatec y el servicio de Sanidad Animal de la consejería. El protocolo se aplicará en las explotaciones que cumplan los siguientes requisitos:

  • Explotaciones T3H, es decir, las que llevan más de tres años consecutivos con la máxima calificación sanitaria (carta verde) y, por tanto, son indemnes oficialmente a tuberculosis históricas.
  • Explotaciones ubicadas en comarcas con prevalencia de la enfermedad menor del 1%.
  • Si los animales son trashumantes o van a pastos comunales de comarcas con prevalencia menor del 1%.

 

 

La interpretación de los resultados de la prueba diagnóstica de la tuberculina en animales que cumplan con los criterios citados anteriormente se realizará de la siguiente forma:

  • Los animales que presenten una reacción a la prueba con un engrosamiento de la piel superior a 4 milímetros, sin otros signos clínicos claros, pueden ser considerados como reaccionantes (no positivos).
  • Siempre que se diagnostiquen animales reaccionantes, Tragsatec comunicará al ganadero que se trata de un diagnóstico provisional, quedando pendiente de que el coordinador veterinario realice el estudio epidemiológico correspondiente para el diagnóstico definitivo (análisis de riesgos).
  • En estos animales reaccionantes, se repetirá la prueba con la tuberculina comparada (bovina y aviar), transcurridos al menos 42 días, y si el resultados es negativo (la mayoría), la explotación queda libre y  mantiene la calificación sanitaria.

En función del número de animales de la explotación, se decidirá repetir la prueba comparada sólo a los reaccionantes o a todos los animales de la explotación. El criterio es el que sigue:

Nº animales/explotación

Nº  animales

Reaccionantes (*)

Prueba comparada

1-30

Más de 2

A todos

31-100

Más de 4

A todos

Más de 100

Más de 6

A todos

(*) En un menor número de animales por explotación, se repite sólo a los reaccionantes.

A los animales considerados dudosos (2-4 mm), también se les repetirá la prueba con tuberculina comparada pasados 42 días.

Si en la repetición de la prueba, se confirma el diagnóstico de la enfermedad, se marcarán como positivos y se aplicarán los criterios establecidos para la erradicación y recuperación de la calificación sanitaria. En los animales reaccionantes dudosos de otras explotaciones que no cumplan con los criterios 1, 2 y 3, se repetirá la prueba IDTB comparada a todos los animales.

El resto de animales no reaccionantes de este tipo de explotaciones no tendrán restricciones sanitarias de movimientos y destinos, excepto la venta para vida.

 

Dejar un comentario

captcha