La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales considera que la sentencia, favorable al Principado, abre la puerta a la reclamación de daños económicos
Asturias.-La Audiencia Nacional ha anulado la orden del Gobierno central de 2014 que establecía el reparto de cuotas para la pesca de la xarda. De esta forma, la sentencia da la razón al Principado, que recurrió la decisión del Ministerio de Agricultura, Alimentación y Medio Ambiente por entender que perjudicaba los intereses de los pescadores asturianos.
La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales considera que este nuevo varapalo jurídico evidencia el empecinamiento del ministerio en un reparto carente de las mínimas garantías, llevado a cabo por una Administración que demuestra una alarmante falta de rigor.
Esta nueva sentencia –la tercera- de la sala de lo contencioso-administrativo de la Audiencia Nacional, anula, por ser contraria a derecho, la orden ministerial de 17 de marzo de 2014, por la que se modificaba la orden del 1 de julio de 2013, que establecía un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste, como respuesta al recurso interpuesto por el Principado.
A diferencia de la demanda planteada por la Federación de Cofradías de Pescadores contra la orden de 2014, el Gobierno de Asturias valora económicamente en su recurso el daño producido al sector pesquero asturiano, que se fija en más de 2 millones por campaña. Esta valoración económica incluida por el Principado en su demanda abre la puerta a la reclamación de la responsabilidad patrimonial al ministerio para resarcirse de la limitación en las capturas a las que se ha visto obligado.
Con ésta, son ya dos las órdenes –la de 2013 y la de 2014– reguladoras del Cantábrico y Noroeste que han sido declaradas nulas por la Audiencia Nacional. Además, la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid también ha admitido a trámite el recurso del Principado contra la resolución de 2015.
La Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales considera que al haberse anulado la Orden de 2014, en la que se establece el reparto por provincias, también lo será la resolución de 2015, que reabre la pesquería en las mismas condiciones y sanciona a los pescadores asturianos por un presunto exceso de un reparto ahora declarado nulo.
La contumacia del ministerio, según la Consejería de Desarrollo Rural y Recursos Naturales, se reiteró el pasado lunes, 30 de noviembre, al publicar en el Boletín Oficial del Estado (BOE) una orden por la que se establece un plan de gestión para los buques de los censos del caladero nacional del Cantábrico y Noroeste, sobre la que el Principado había formulado las correspondientes alegaciones y que no han sido tenidas en cuenta. En este sentido, el departamento que dirige María Jesús Álvarez ha solicitado el contenido de los informes del Instituto Español de Oceanografía y del Consejo de Estado, a los que la orden hace referencia.
Las alegaciones del Principado se basaban, fundamentalmente, en la inexistencia de informes técnicos que avalen la idoneidad del reparto de cupos en flotas de bajura y pesquerías poliespecíficas y multiartes, así como en la ausencia de estudios socioeconómicos que valoren las posibles consecuencias del reparto por flotas, por puertos y por comunidades autónomas.
Igualmente, Asturias alegó la falta de mecanismos de compensación que permitan equilibrar económicamente las flotas, de forma que la escasez en una determinada especie se acompañe del incremento en las posibilidades de pesca de otra. Así, a mediados del pasado mes de junio, la flota gallega de cerco había agotado la totalidad de su cuota de jurel (sin ninguna otra especie objetivo alternativa, dada la situación de la sardina), mientras que el Principado había consumido el 60% de la suya, Cantabria, el 10% y País Vasco, entre el 3 y el 4%.
La consejería invocó en sus alegaciones la carencia de criterios de reparto equitativos, ya que el ministerio propone distintos períodos temporales para valorar las capturas históricas, analiza las declaraciones de desembarque o notas de venta arbitrariamente y modula los datos con el arqueo, en ocasiones, o con el número de tripulantes, en otras.
Según explica la Consejería de Desarrollo Rural, la utilización, por ejemplo, de las declaraciones de desembarque (dato del que carecen las comunidades y del que sólo dispone la Administración General del Estado), en lugar de la notas de venta (que sí conocen las autonomías), deja a éstas y a las flotas en una situación de absoluta indefensión y transforma el reparto en un procedimiento totalmente opaco.
A juicio de la consejería, llama la atención la fecha de publicación de esta nueva orden, a escasos días de las elecciones generales, cuando las anteriores se publicaron en los meses de julio (2013), marzo (2014) y febrero (2015), y existía el compromiso de revisar los resultados del plan de gestión transcurridos los dos primeros años.
Además, a lo largo de estos años de alegaciones y recursos, el ministerio no se ha sentado ni con el sector ni con las comunidades autónomas para analizar las dos campañas precedentes y revisar los consumos de cuota por censo, provincia y barco, así como las transferencias entre unos y otros o los días de actividad de las distintas flotas del Cantábrico, cuestiones que permitirían evidenciar la injusta asimetría en la actual distribución de posibilidades de pesca.