El juez pide al Ayuntamiento que identifique al Interventor municipal que devolvió el aval de Aquagest

El juez pide al Ayuntamiento que identifique al Interventor municipal que devolvió el aval de Aquagest

El Juzgado de Instrucción número 1 de Lugo ha solicitado al Ayuntamiento de Oviedo que identifique al Interventor Municipal que realizó el informe por el que se devuelve una garantía de 166.850 euros a la UTE Asturagua-Tribugest, Gestión de Ingresos, S.A.

   Requiere, según la Diligencia a la que ha tenido acceso Europa Press, copia compulsada del acuerdo integro adoptado por la Junta de Gobierno del 5 diciembre 2008 por el que considera que no son conformes las prestaciones de la UTE Astuargua-Tribugest y se la requiere para ingresar la cantidad no invertida en concepto de mejoras propuestas  en su oferta que asciende a 166.850 euros, ya que según Vigilancia Aduanera, "el mismo no esta unido a las actuaciones".

   El Juzgado sostiene que en fecha 23 de junio de 2009, el exalcalde de Oviedo y en aquel entonces concejal de Economía, Agustín Iglesias Caunedo, suscribió con la UTE Asturagua-Tribugest, Gestión de Ingresos, S.A, un convenio considerando debidamente cumplido el contrato adjudicado el 27 de febrero de 2007, así como el suscrito el 26 de diciembre de 2002.

   Por ello, acordó la devolución de la garantía relativa a este último, "en contra del criterio de la Junta de Gobierno Local, de fecha 5 de diciembre de 2008, que consideraba que no eran conformes las prestaciones de la UTE en relación con el contrato adjudicado en 2007 por la falta de realización de ciertas mejoras propuestas en su oferta".

   Asimismo, y ante la coincidencia en el tiempo de la firma del citado convenio con los viajes realizados por Caunedo,  "supuestamente abonados por la empresa Aquagest", el Juzgado solicita a la Intervención General de la Administración del Estado que designe un Perito Judicial para que elabore un informe sobre la regularidad de los procesos de adjudicación y resolución de dichos expedientes, todos los actos administrativos posteriores".

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