Navarra regula la creación y conservación de los senderos deportivos de uso público

Navarra regula la creación y conservación de los senderos deportivos de uso público

Con el fin de fomentar el uso de los senderos para la práctica deportiva, el Gobierno de Navarra ha aprobado este miécoles día 7 un decreto foral que regula las condiciones de la ordenación, señalización, homologación, conservación y autorización de aquellos senderos que pasarán a formar parte de una red denominada Red Navarra de Senderos Deportivos de Uso Público.

La aprobación de esta norma, presentada esta mañana en rueda de prensa por la consejera de Política Social, Igualdad, Deporte y Juventud, Elena Torres, responde a las demandas formuladas por las entidades deportivas y federativas sobre ordenación de los senderos y el fomento de su utilización.

De acuerdo con la consejera Torres, que ha explicado los contenidos del decreto, “es una realidad que cada vez más gente practica deporte y cada vez más personas utilizan para ello los espacios naturales, ya sean sendas, cañadas o pistas. El senderismo es una actividad en auge, muchas son las personas que combinan deporte y naturaleza".

La consejera ha añadido que dichos caminos, a través del procedimiento de homologación y autorización previsto en este decreto foral, se constituirán en senderos deportivos de uso público, incorporándose a la Red Navarra de Senderos Deportivos de Uso Público, e inscribiéndose en el Registro de Senderos Deportivos de Navarra.

El texto legal entiende por sendero deportivo todo camino peatonal que, localizándose durante la mayor parte de su recorrido en el medio natural, y siguiendo en lo posible sendas, cañadas, caminos reales, rutas, pistas forestales u otras vías, sea balizado, homologado y autorizado de acuerdo con lo dispuesto en este decreto foral, esté habilitado o preparado para la práctica del senderismo deportivo y, por tanto, se constituya en un área de actividad deportiva.

Objetivos en materia de senderos deportivos

El Gobierno de Navarra persigue con ello varios objetivos, entre los que destacan: recuperar, conservar y fomentar el patrimonio viario tradicional y su entorno; fomentar la práctica del senderismo como actividad deportiva y de ocio, velando por la conservación de la naturaleza; promover el conocimiento de este medio natural como espacio turístico, de cultura y de ocio; promover la existencia de una red completa y coherente de senderos homologados y fomentar la integración de la Red Navarra de Senderos Deportivos de Uso Público en las redes nacionales e internacionales.


Se pretende, asimismo, homogeneizar la señalización de todas las vías y caminos aptos para la práctica del senderismo, evitando asimismo la dispersión en las tipologías de señales empleadas.

Clasificación y señalización de los senderos deportivos

Tal y como ha explicado la consejera Torres, los senderos que sean homologados y autorizados conforme a lo dispuesto en este decreto foral se clasificarán en:

a) Gran Recorrido (GR): sendero de duración de más de una jornada y con una longitud mínima de 50 kilómetros, incluidos sus enlaces, variantes y derivaciones.

b) Pequeño Recorrido (PR): sendero que se puede realizar íntegramente en una jornada y con una longitud inferior a 50 kilómetros, incluidos sus variantes y derivaciones.

c) Sendero Local (SL): senderos que se pueden realizar íntegramente en una jornada y cuya longitud total es inferior a 10 kilómetros de longitud.

Para la señalización de los senderos homologados y autorizados, únicamente se podrán utilizar las marcas registradas por la Federación Española de Deportes de Montaña y Escalada, debiendo utilizarse marcas de color blanco y rojo para los senderos de gran recorrido; marcas de color blanco y amarillo para los senderos de pequeño recorrido, y de color blanco y verde para los senderos locales.


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