El Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA) ha estimado el recurso de una vecina de Cabrales por el que se solicitaba la anulación de la modificación relativa a las condiciones urbanísticas aplicables a la ganadería extensiva e industrias de transformación en el municipio.
De esta forma, la Consejería de Fomento, Ordenación del Territorio y Medioambiente está obligada a revertir esta modificación a través del órgano competente, la Comisión de Urbanismo y Ordenación del Territorio de Asturias (CUOTA).
Según la sentencia del Tribunal, recogida por Europa Press, los magistrados entienden que la resolución impugnada por la vecina es "disconforme a derecho" y por tanto es "nula de pleno derecho".
El TSJA justifica su decisión argumentando que la modificación planteada por la CUOTA suponía una modificación de los usos en el suelo no urbanizable, fundamentalmente autorizando nuevos usos industriales vinculados al sector agropeccuario, por lo que era "imprescindible" la presentación de un documento en el que conste la identidad de los propietarios titulares de derechos reales sobre las fincas afectadas por la nueva ordenación cuando se modifiquen los usos del suelo.
"Estamos ante una ausencia de un documento exigido por la ley y además por una norma que atribuye al mismo una finalidad ya justificada", señala el auto. Asimismo, los magistrados de la Sala de lo Contencioso-Administrativo han incidido en que las Administraciones demandadas --Principado y Ayuntamiento de Cabrales-- "no han justificado en razones ciertas" la ausencia de este documento, "pivotando su defensa en la innecesariedad del mismo".
Contra la resolución judicial cabe recurso de casación en los diez días siguientes a la notificación de la decisión, para ser resuelto por la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo.