El PP presentará una iniciativa para desarrollar una Ley de Ordenación del sistema Universitario de Asturias

El PP presentará una iniciativa para desarrollar una Ley de Ordenación del sistema Universitario de Asturias

La universidad se halla ante nuevas realidades, nuevos retos y nuevas oportunidades. Los procesos de internacionalización afectan plenamente al mundo universitario y requieren políticas y estrategias  en ámbitos como:

 

la calidad de la docencia y la investigación

 

la movilidad de los estudiantes y del profesorado

 

la convergencia hacia la constitución de un espacio europeo de enseñanza superior

 

Por otra parte, la evolución del entorno económico y social requiere una adaptación constante de las enseñanzas y de los métodos operativos de la universidad a fin de permitir combinar de forma efectiva la creación y la transmisión de conocimientos con la preparación para el ejercicio profesional.

 

Asimismo, la generalización de la enseñanza superior en Asturias, complementada con una disminución de la presión demográfica, permite desarrollar políticas de calidad, encaminadas a situar nuestro sistema universitario en posiciones de vanguardia y a ofrecer un servicio de primera línea en el campo de la educación superior.

 

Finalmente, las tecnologías de la información y las comunicaciones abren nuevas posibilidades y pueden constituir instrumentos esenciales para la mejora permanente de la universidad.

 

Estos retos y las nuevas demandas sociales y científicas obligan a un nuevo impulso desde las instituciones, desde la universidad y desde el propio tejido social.

 

Este nuevo impulso ha de concretarse en una legislación adecuada, flexible y que posibilite la aplicación de nuevas políticas universitarias y en un incremento de recursos y en la rendición responsable de cuentas, a través de mecanismos de evaluación de la calidad de la docencia y de la investigación.

 

Es en este punto donde es preciso situar la necesidad de esta Ley.

 

La finalidad de esta Ley de organización institucional del sistema universitario del Principado de Asturias es la de poner las bases de un nuevo acuerdo y de un nuevo pacto entre la Universidad, el Gobierno del Principado y el conjunto de las administraciones públicas, y toda la sociedad, para dar un nuevo impulso a la Universidad asturiana, potenciando la calidad, la innovación y la excelencia en el campo de la docencia, la extensión cultural y la investigación, y el acceso a los estudios universitarios.

 

Esta Ley debe fundamentarse sobre cuatro principios fundamentales:

 

La definición de la universidad como servicio público de titularidad autonómica, asumiendo, de esta manera, la comunidad autónoma su responsabilidad de asegurar las prestaciones necesarias y adecuadas a los objetivos de la democratización y la calidad universitaria.

 

El respeto a la autonomía universitaria.

 

La delimitación de las funciones y de las competencias de cada una de las instituciones y órganos de gobierno, Universidad de Oviedo, Consejo Social de la Universidad de Oviedo y Gobierno del Principado de Asturias, implicadas en políticas universitarias.

 

El fomento de la cultura del diálogo, del consenso y del pacto en el desarrollo de las políticas universitarias.

 

En la tarea de afrontar las nuevas realidades, la presente Ley se fundamenta en primer lugar, en la voluntad de que la universidad se integre plenamente en el espacio europeo de enseñanza superior y en segundo lugar en la excelencia como instrumento indispensable de progreso en todos los ámbitos de la actividad universitaria y, en particular, en la docencia, en la investigación y en la transferencia de tecnología y de conocimientos.

 

Para alcanzar estos objetivos deben incorporarse entre otros:

 

La regulación del profesorado contratado.

 

Es necesario regular el régimen económico y financiero de la universidad.  

 

La regulación del Consejo Social de la Universidad.

 

La creación de la Agencia de Calidad Universitaria.

 

La creación de la Junta de Coordinación Universitaria del Principado de Asturias.  

 

Para alcanzar estos objetivos deberán incorporarse entre otros:

 

La regulación del profesorado contratado. Abrir una nueva vía de carrera académica, basada en la contratación laboral. La Ley debe regular distintos aspectos relativos al régimen jurídico de este profesorado y, en particular, las licencias y las excedencias, que pretenden facilitar su movilidad, así como su implicación en la transferencia de conocimiento y de tecnología y la creación de empresas de base tecnológica.

 

Es necesario regular el personal académico de investigación, integrado por los profesores de la universidad y por los investigadores con título de doctor, que pueden ser propios de la universidad, con una mención especial de la contratación por las universidades de personal investigador posdoctoral, o hallarse vinculados mediante un convenio de colaboración para el desarrollo de proyectos.

 

Es necesario asimismo eliminar el exceso de rigidez que impide la incorporación de personas de reconocido prestigio y méritos notables, como sería el caso de profesores e investigadores que ejercen su tarea en el extranjero y cuya incorporación a la universidad se estime conveniente para potenciar áreas de conocimiento, para impulsar y coordinar proyectos de investigación de interés estratégico o la consolidación de grupos emergentes de investigación, o para potenciar grupos de investigación consolidados.

 

Es necesario regular el régimen económico y financiero de la universidad, incorporando aspectos relativos al patrimonio de las universidades y haciendo mención a las disposiciones relativas a la autorización de los costos de personal y la supervisión económica de la universidad. Incorporando un marco plurianual de financiación y de inversiones en infraestructuras con la finalidad de servir a una mayor eficacia y eficiencia del funcionamiento de la universidad y de los recursos destinados a su funcionamiento. Con el establecimiento de criterios objetivos en la determinación de la financiación de la universidad se pretende contribuir al incremento de los niveles de calidad alcanzados por esta, mediante incentivos y mejoras en la financiación que permitan mantener, o alcanzar, en base a sus niveles de excelencia, los índices de financiación considerados de referencia a nivel estatal y europeo.

 

La regulación del Consejo Social de la Universidad, en tanto que órgano colegiado de la Universidad de participación de la sociedad a la Universidad.

 

La creación de la Agencia de Calidad Universitaria, en tanto que institución encargada de realizar la evaluación de la calidad del sistema universitario asturiano.

 

La creación de la Junta de Coordinación Universitaria del Principado de Asturias como órgano de diálogo institucional entre las diversas instituciones y órganos con competencias universitarias, y la delimitación de sus atribuciones y composición.

 

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