Asturias (E.P.).- Los propietarios de viviendas que hayan tenido que adaptar la antena de su edificio para recibir correctamente los canales de Televisión Digital Terrestre (TDT) y que lo hayan hecho recurriendo a las subvenciones que otorga el Gobierno central para ello, tendrán que declarar su parte correspondiente en su declaración del Impuesto de la Renta de las Personas Físicas (IRPF). De no hacerlo, serán sancionados, según fuentes de la Delegación de la Agencia Tributaria de Asturias consultadas por Europa Press.
"Cada vecino tiene que declarar la parte que le corresponda", han explicado desde la Agencia Tributaria, donde han explicado que la comunidad de propietarios, si solicita la subvención, está "obligada" a presentar el Modelo 184, que recoge la particación de cada vecino y lo que le corresponde a cada propietario, con su cuota de participación. Normalmente esa cantidad será incluida en el borrador que remite Hacienda.
Si el propietario la realiza ha de incluirla porque, de no ser así, será sancionado. "Si nosotros lo pedimos y está sin declarar... los ingresos que no se declaran dan lugar a declararlos con sanción", han explicado desde la Agencia Tributaria. "La subvención no es para la comunidad, es para los propietarios", han afirmado.
Son varias las comunidades que han tenido que realizar algún cambio en su antena, en un proceso conocido como liberación del dividendo digital, que consiste en reordenar canales de la TDET para cumplir con el mandato de la Comisión Europea de liberar las frecuencias radioeléctricas de la banda de 800 Mhz. El plazo ha sido ampliado hasta finales de marzo. Algunos ciudadanos tienen que actuar sobre las instalaciones de recepción de televisión en sus hogares para continuar recibiendo la programación
Para este proceso de adaptación de las instalaciones de recepción colectiva de los edificios para que puedas recibir las nuevas frecuencias por las que se emitirán algunos canales de televisión, el Gobierno central ha puesto en marcha ese programa de ayudas
DESCONCIERTO
Sin embargo, el sector de administradores de las comunidades de vecinos no terminan de ver claro este asunto y se queja de "desconcierto" y falta de información en todo lo relativo a este asunto y sus consecuencias fiscales.
Profesionales consultados por Europa Press han señalado que la amplia mayoría de esas ayudas, de ser incluida en la declaración de IRPF, no sería hasta 2016, año en el que se declara por lo percibido en 2015. Sin embargo, han señalado que pueden darse problemas, ya que hay quien piensa que no ha de incluirse si no se supera el límite de los 3.000 euros.
Se quejan de que tienen que ir llamando a cada propietario para pedirles su DNI, que sería incluido en el impreso que iría a la Agencia Tributaria. En ocasiones es difícil localizarlos. Además, han comentado que puede existir el caso de personas que no estuvieran obligadas a declarar y que, incluyendo el importe de la ayuda, sí lo estaría, con todo lo que ello conlleva.