Los Ayuntamientos de Oviedo, Gijón y Avilés no tienen aprobado un plan estratégico de subvenciones, incumpliendo así la Ley General de Subvenciones. Esta es una de las conclusiones extraídas del Informe definitivo sobre las subvenciones, gastos sin consignación presupuestaria y reconocimiento extrajudicial de crédito de estos tres consistorios hecho público este viernes por la Sindicatura de Cuentas.
En dicho informe se destaca que por parte de la Sindicatura se han encontrado limitaciones al alcance relativas a dos ayuntamientos. En el Ayuntamiento de Oviedo no se ha podido verificar cuántas de las subvenciones otorgadas durante el ejercicio han sido objeto de comprobación posterior mediante control financiero.
Por su parte en el Ayuntamiento de Avilés, tras requerirse por vía telemática la información referente a las subvenciones otorgadas por los organismos autónomos, no se ha podido examinar ningún expediente correspondiente a dichas subvenciones, debido a la negativa a facilitar la documentación solicitada.
En cuanto a la adecuación a la legalidad de las subvenciones concedidas, además de la carencia de ese Plan Estratégico, el informe resalta también que en el caso de Avilés, el 18% del importe fue concedido en subvenciones otorgadas por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva y el 82% por concesión directa.
Esas cifras en Oviedo son similares, así el 20% del importe fue concedido en subvenciones otorgadas por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva y el 80% por concesión directa. De estas últimas, el 88% de las subvenciones tratadas como nominativas no lo son, ya que incumplen el Reglamento de la LGS.
Por su parte, en el Ayuntamiento de Gijón, el 64% del importe concedido fue por el procedimiento ordinario de concurrencia competitiva y el 36% por concesión directa. En este consistorio, el 100% de las subvenciones concedidas de forma directa tratadas como nominativas no reúnen los requisitos para serlo, ya que no se determina el objeto según el documento publicado por el ayuntamiento en su página web municipal, tal como exige el Reglamento de la LGS.