El Tribunal Supremo ha rechazado admitir a trámite el recurso del Guardia Civil, Ismael P.M., que fue condenado a cinco años de prisión por la Sección Segunda de la Audiencia Provincial de Oviedo y ratificada la sentencia en el Tribunal Superior de Justicia de Asturias (TSJA), por matar a tiros a un vecino de Soto de Luiña, según ha informado el gabinete de prensa del Tribunal.
Los hechos el 16 de septiembre de 2009 cuando una pareja de la Guardia Civil de Soto de Luiña, que prestaba servicio de Seguridad Ciudadana en dicha población, fue requerida por unos jóvenes porque un individuo, que iba en un vehículo, los había insultado.
La patrulla procedió a la búsqueda del vehículo. Cuando se localizó, se comprobó que era conducido por S.G.C. Al ser requerido por los agentes para facilitar su identificación y la documentación del vehículo, arrojó ésta al suelo y comenzó a insultar a la patrulla y a continuación, abandonó el lugar en su vehículo.
Cuando la patrulla se presentó en su domicilio para completar la actuación policial, el hombre se introdujo en la casa saliendo de forma inesperada con una pala de dientes metálica, de las utilizadas en las labores del campo, amenazando con ella a los agentes, en una actitud agresiva, según la Guardia Civil.
DISPAROS
Los agentes intentaron calmarle y convencerle para que desistiese de su actitud. Pero el hombre, lejos de calmarse, se enfureció más y golpeó con la herramienta el pecho de uno de los agentes, que hizo uso de su arma reglamentaria realizando varios disparos, que le produjeron las heridas que posteriormente determinarían su muerte. El herido fue asistido por los servicios sanitarios en el lugar de los hechos sin que pudieran hacer nada para salvar su vida.
Al fallecido le constaban antecedentes por haber estado implicado en ocasiones anteriores en delitos de resistencia y conducción bajo la influencia de bebidas alcohólicas, siendo denunciado por alteración de la seguridad colectiva y desórdenes públicos, y desobediencia a los mandatos de los agentes de la autoridad.