FORO apoya el pacto contra el terrorismo radical islámico con una enmienda de Sostres

FORO apoya el pacto contra el terrorismo radical islámico con una enmienda de Sostres

“El PP se compromete a aprobar en el Senado una enmienda de FORO que identifica de forma concreta la actividad delictiva con su financiación”

 

Madrid.- El Congreso de los Diputados aprobó esta mañana la Proposición de Ley de reforma del Código Penal para hacer frente al terrorismo, que fue firmada por PP, PSOE, FORO, CC y UPN. El texto, que contó con la abstención de CiU y UPyD, será enviado ahora al Senado para continuar su tramitación urgente.

 

El diputado nacional de FORO, Enrique Álvarez Sostres, insistió en la necesidad de que se consiga el máximo consenso en este asunto, porque, como explicó, “el combate contra el terrorismo radical islámico es un asunto de Estado que nos concierne directamente a todos y que necesita, por tanto, de un amplio consenso de todos los grupos políticos”.

Sostres defendió su enmienda al artículo 576, por la que, ha explicado, “se identifica de forma más concreta la actividad delictiva con su financiación, y que el Grupo Popular se comprometió a apoyar, asegurando que será aprobada, en el Senado”.

 

Según el diputado asturiano, “estamos ante una amenaza poderosa y grave que nos ataca directamente en nuestro país y singularmente en partes fronterizas del mismo con dominios islámicos, donde crecen los radicalismos yihadistas, que usan como instrumento de ataque el modelo de globalización y el moderno sistema de trasporte y difusión de  ideas, imágenes, personas y bienes”.

 

Por ello, apeló a un amplio acuerdo para que “los intereses particulares den  paso a los generales, como ya sucedió en los pactos de Ajuria Enea  en 1984 o de  Madrid en 1987”.

Ésta es la intervención íntegra de Enrique Álvarez Sostres, hoy en el Pleno del Congreso de los Diputados:

“Señor Presidente,  señorías:

Ya me he manifestado el pasado día 10 con motivo del debate sobre la consideración de esta proposición de ley de modificación del Código Penal, en el marco de las nuevas medidas para combatir el terrorismo radical islámico.

 

He escuchado las intervenciones de sus señorías exponiendo las distintas consideraciones políticas sobre el tema .Estas van desde considerar que esta modificación es una excusa para endurecer el Código Penal, hasta considerar que va dirigido a los  disidentes políticos sobre cuestiones de orden económico, social y político, pasando por considerar que es necesario la mejora técnica del texto por su farragosidad, generalidad o mezcolanza en la parte dispositiva.

 

Sigo considerando que estamos ante una amenaza poderosa y grave en intensidad y extensión, que nos ataca directamente en nuestro país y singularmente en partes fronterizas del mismo con dominios islámicos, donde crecen los radicalismos yihadistas, utilizando como instrumento de ataque el modelo de globalización y el moderno sistema de trasporte y difusión de  ideas, imágenes, personas y bienes.

 

Nosotros entendemos que el combate contra el terrorismo radical islámico es un asunto de Estado -y no se disfrace esto con retóricas de tapadera utilitaria- que necesita un amplio consenso del mayor número de grupos parlamentarios. Consecuentemente, desde el primer momento manifestamos nuestra intención de sumarnos a un acuerdo de las fuerzas políticas y parlamentarias contra esta terrible amenaza.

Por eso, en el marco de los contactos habidos con el Grupo Popular en el Congreso, FORO aportó a la futura proposición de ley que  se introdujeran de una manera explícita medidas de investigación y de acción policial, que permitan perseguir el origen y la fuente de la financiación de las acciones singulares y de  los grupos terroristas, así como  de los  mercados de  armas y explosivos.

 

La enmienda está presentada al artículo 576. En el párrafo primero, el espíritu de este precepto reside en penalizar la mera actividad sin que llegue a trascender al sujeto activo, es decir, al terrorista. Consideramos más apropiado el empleo directo de terminología identificando la actividad con la financiación. Denota la redacción del proyecto un excesivo empleo de terminología jurídica indeterminada, con los problemas que lleva aparejado, que permiten escurrirse actuaciones delictuales tendentes al apoyo económico de esta actividad criminal. En buena técnica legislativa, debería huirse de la generalidad, para dotar de una mayor concreción y de ahí el empleo expreso de la palabra financiación.

 

Consideramos que los párrafos segundo, tercero y cuarto deben ser mejorados técnicamente, evitando una cierta indefinición o una relación no exhaustiva de delitos contra el patrimonio, resultando más apropiado la supresión de la misma y bastando por ello el empleo de comisión de cualquier otro delito, y manteniendo la referencia al título XIII.

 

En relación al cuarto párrafo, se trataría de evitar el descuido de la figura de la imprudencia grave. Tipo imprudente conforme a lo dispuesto en los artículos 5, 10 y 12 del Código Penal.

En definitiva, creo que con algunas aportaciones que aquí se están presentado por los diferentes grupos, estamos más cerca de conseguir que los intereses particulares den  paso a los generales, como ya sucedió en los pactos de Ajuria Enea  en 1984 o de  Madrid en 1987. Gracias”.

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