Madrid. – La Dirección de Competencia de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha incoado un expediente sancionador contra THYSSENKRUPP ELEVADORES S.L.U. (THYSSEN) por supuestas conductas prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC), consistentes en la realización de afirmaciones engañosas y/o denigratorias sobre los competidores y los servicios que éstos prestan en el mercado de mantenimiento de aparatos elevadores. Prácticas muy similares, aunque referidas a otras empresas del mercado, fueron sancionadas por el anterior Consejo de la extinta Comisión Nacional de la Competencia (CNC), mediante Resolución de 17 de septiembre de 2013 en el marco del expediente S/410/12, ASCENSORES-2.
La investigación tiene origen en una denuncia presentada ante la CNMC. Como resultado de la investigación llevada a cabo, la Dirección de Competencia ha observado, asimismo respecto a THYSSEN, indicios racionales de la existencia de conductas prohibidas por la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia (LDC). Así, de conformidad con lo establecido en el artículo 49.1 de dicha Ley, ha acordado con fecha 15 de diciembre de 2014, la incoación del expediente sancionador S/DC/0522/14 por prácticas restrictivas de la competencia prohibidas en el artículo 3 de la LDC.
La incoación de este expediente no prejuzga el resultado final de la investigación. Se abre ahora un periodo máximo de 18 meses para la instrucción del expediente y para su resolución por la CNMC.