La CNMC ha decidido incoar un expediente sancionador a MEDIASET
por el presunto incumplimiento del artículo 18 de la Ley
General de la Comunicación Audiovisual, por la emisión de un
microespacio de salud en el programa ‘Sálvame diario’ que podría
tratarse de un caso de publicidad encubierta.
La CNMC ha constatado (SNC/DTSA/2104/14) que se han efectuado
presentaciones de la marca “ACTAFARMA” en el programa “Sálvame diario”
emitidos los días 30 de octubre y 6, 13, 20 y 27 de noviembre, y 4 de diciembre de
2014, con propósito publicitario, estableciendo vínculos con el supuesto
anunciante a través de un hashtag y una página web, y en un entorno apto para
inducir al telespectador a error en cuanto a su naturaleza. En ningún momento de
su emisión se advierte de su tratamiento como publicidad ni aparece ninguna
sobreimpresión en ese sentido.
En consecuencia, existen indicios fundados de que MEDIASET ha podido
incumplir el artículo 18.2 de la LGCA, al haber emitido publicidad encubierta de la
marca ACTAFARMA y el artículo 18.7 de la LGCA, al haber emitido
telepromociones en las que se podría estar vulnerando la normativa específica
sobre publicidad en este tipo de productos.
Estos supuestos incumplimientos están tipificados como infracción administrativa
de carácter grave y podrían suponer la imposición de una multa de 100.001 hasta
500.000 euros. MEDIASET dispone de un plazo de quince días para presentar
alegaciones.