La Sección Tercera de la Audiencia Nacional de Oviedo ha desestimado el recurso de apelación interpuesto frente a la sentencia dictada por el Juzgado de lo penal nº 2 de Oviedo que condenó al arquitecto, Iñigo María Casero, y a la promotora, Amelie Marie Helene de Marsily, de una vivienda en Sobrecueva (Cangas de Onís) por un delito contra la Ordenación del Territorio.
La Sala ha confirmado íntegramente la sentencia, imponiendo a los acusados una pena de un año de prisión, inhabilitación para el desempeño de la profesión por el mismo tiempo, multa que supera los tres mil euros y la demolición de lo ilegalmente construido.
Según ha explicado la Coordinadora Ecoloxista d'Asturies, denunciante de la construcción, la sentencia recoge el hecho significativo de que tras la denuncia ante la Fiscalía de Medio Ambiente el ayuntamiento de Cangas de Onís promovió una modificación puntual del Plan General de Ordenación Urbana para "posibilitar la legalización de esta y otras viviendas construidas en semejantes circunstancias ilícitas" pero las diversas alegaciones formuladas por la Coordinadora y otras asociaciones paralizaron la tramitación de la modificación del PGOU.