Asturias.-El sindicato UGT ha informado de que el juzgado ha estimado el recurso contencioso-administrativo que su Federación de Enseñanza presentó contra la resolución, de 16 de junio de 2014, de la Consejería de Educación Cultura y Deporte de Asturias por la que se convocan comisiones de servicio para cubrir plazas vacantes en el servicio de inspección educativa, por ser contraria a derecho y, en consecuencia, nula.
El recurso se planteó por las restricciones establecidas por los apartados A.1, B.1, B.2 y B.3 del anexo II de la convocatoria referido a la experiencia docente y el ejercicio de cargos directivos y de coordinación en un centro en el que se impartan enseñanzas de ESO, Bachillerato y/o Formación Profesional.
El juez ha aceptado los argumentos de FETE-UGT al entender que "en la valoración de méritos se discrimina a los docentes que los hayan adquirido en centros en los que se imparta Educación Infantil y Primaria donde existen equipos prácticamente idénticos y con las mismas funciones que en el resto de los centros", según explica el sindicato.
FETE-UGT recuerda en nota de prensa que ya hizo saber a la Consejería de Educación que" en los baremos de méritos para el acceso al Cuerpo de Inspectores de Educación no se hace distinción alguna entre el cuerpo de maestros y el cuerpo de secundaria, únicamente se hace referencia al trabajo desarrollado como funcionario de carrera de los cuerpos que integran la función pública docente". FETE-UGT lamenta que "sean los tribunales y no una negociación ajustada a derecho y leal la que resuelva cuestiones que como ésta".