Ecologistas de Asturias alega contra una antena de telefonía en San Martín del Rey Aurelio

Ecologistas de Asturias alega contra una antena de telefonía en San Martín del Rey Aurelio

La Coordinadora Ecoloxista d’Asturies ha presentado hoy alegaciones con motivo del trámite  de  información pública de evaluación preliminar de impacto ambiental para la instalación de una estación base de telefonía móvil denominada en la localidad de Otariellu, concejo San Martín del Rey Aurelio, "obras que se habían parado al haberlas denunciado por carecer de la correspondiente licencia municipal", según explica la coordinadora en nota de prensa.

 

  De acuerdo a la actual normativa vigente, recogida en el art. 7.2 del Decreto 38/1994 de 2 de julio, por el que se aprueba el Plan de Ordenación de los Recursos Naturales de Asturias, los proyecto "afectados como son las antenas, para una estación base como la que nos ocupa, precisan antes de ejecutarse las obras la tramitación y aceptación ambiental del proyecto, lo que no sucedió en este caso".

 

En esta fase la empresa presenta un estudio "lleno de irregularidades, justificando la instalación de una nueva antena para dotar de cobertura a una parte del término municipal de TINEO, que esta a decenas de kilómetros de este emplazamiento propuesto, persistiendo en un emplazamiento erróneo cuando habla de que la citada antena va a instalarse en el pueblo de Tablado, lo que demuestra la falta de rigor y que el estudio es un copia y pega".

 

Hay que recordar que el Principio de Precaución establecido en la Ley 33/2011, de 4 de octubre, General de Salud Pública, donde se establece que “la existencia de indicios fundados de una posible afectación grave de la salud de la población, aun cuando hubiera incertidumbre científica sobre el carácter del riesgo, determinará la cesación, prohibición o limitación de la actividad sobre la que concurran”. En un tema de salud pública tan controvertido como es la instalación de antenas de telefonía, debe prevalecer este principio.

 

 Hay que recordar que el proyecto propone instalar la antena a menos de 11 metros de una vivienda existente y a menos de 50 de varias viviendas con el impacto que supone para todas ellas. "Sorprende que se diga en el estudio que se tiene en cuenta la salubridad, para minimizar los niveles de exposición al público, aquí esta claro que no lo han tenido en cuenta al estar las primeras viviendas a menos de 11 metros y varias en un radio de 50 metros, cuando hay sitios en las proximidades mucho mas alejados de viviendas en la zona".

 

Se dice que la estación base cumple escrupulosamente con los niveles de emisión señalados en el Real Decreto 1066/2001, lo que resulta "extraño porque no se detalla qué tipo de aparato se va instalar y qué emisión habitual es la que tendrá". En el propio estudio presentado se habla de las radiaciones ionizantes, que tienen un efecto a escaso metros, "aquí hablamos que la instalación va estar a menos de 11 metros de una vivienda".


 En cuanto al impacto sobre el paisaje, en el EPIA se habla de un impacto escasamente significativo porque tiene una cuenca visual escasa. "Nada más lejos de la realidad. Cuando hablamos de una antena que va estar a escasos metros de una vivienda supone un impacto  muy alto, hay que recordar que la altura de ésta va ser de 15 metros frente a los 7 metros de la vivienda adyacente. Va a ser muy vista igualmente desde el resto de viviendas de la población, lo que ocasionará un grave impacto, desde el punto de vista medioambiental".

 En cuanto al impacto acústico, "no vemos que se haya tenido en cuenta la escasa distancia de las viviendas con el equipó, por lo que entendemos que es preciso un estudio mas detallado del ruido generado, de manera mas detallada en el horario nocturno, cuando disminuye el ruido de fondo que amortigua el que genera el equipo. El estudio presentado tiene una clara falta de rigor cuando; ya que, dice que en cuanto al ambiente interior no existe ningún edificio habilitado en las proximidades susceptibles de ser molestado, teniendo en cuenta que a 11 metros de distancia se oye todo durante la noche".

No hemos visto en el expediente la Declaración responsable (deberá contener una manifestación explícita del cumplimiento de aquellos requisitos que resulten exigibles de acuerdo con la normativa vigente, incluido, en su caso, estar en posesión de la documentación que así lo acredite.)

"Esperemos en vista de los numerosos defectos que tiene el estudio de impacto el Ayuntamiento de San Martín y el Principado de Asturias rechace el proyecto por el elevado impacto ambiental que va tener para los vecinos de la localidad".

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