Se aplicará una escala única de deducciones a la facturación mensual de las oficinas de farmacia

Se aplicará una escala única de deducciones a la facturación mensual de las oficinas de farmacia

§  Hasta ahora estas deducciones se venían aplicando conforme a dos escalas diferentes en función de la administración encargada de la prestación farmacéutica (CCAA, INGESA o mutualidades)

 

§  Se trata de una reivindicación de los colegios oficiales de farmacéuticos, responsables del procedimiento de recetas y órdenes de dispensación

 

 El Consejo de Ministros ha aprobado hoy, a propuesta de la ministra de Sanidad, Política Social e Igualdad, Leire Pajín, el proyecto del nuevo Real Decreto que establece el procedimiento de aplicación de la escala conjunta de deducciones a la facturación mensual de las oficinas de farmacia. Se trata de una reivindicación de los colegios oficiales de farmacéuticos.  

 

Estas deducciones se aplicaban conforme a dos escalas diferentes: una para los Servicios de Salud de las comunidades autónomas y el INGESA (Instituto Nacional de Gestión Sanitaria);  y otra  para las mutualidades de funcionarios (MUFACE, MUJEJU e ISFAS).

 

El nuevo decreto aprobado esta mañana establece el procedimiento para que pueda aplicarse un sistema de deducciones único para todo el conjunto de la dispensación de medicamentos facturados por cada farmacia, con independencia de la administración encargada de la gestión de la prestación farmacéutica. La normativa aprobada se limita a regular el procedimiento de remisión de la información y no produce efecto alguno en materia de precios de los medicamentes dispensados por receta.

 

La aplicación de esta escala única de deducciones hace imprescindible la regulación de la estructura y del contenido  de la información que los colegios oficiales de farmacéuticos (como responsables del procesamiento de recetas y órdenes de dispensación) envían a las diferentes entidades gestoras de la prestación farmacéutica del Sistema Nacional de Salud (CCAA, INGESA y mutualidades).

 

Así, el real decreto aprobado establece la obligación de los colegios oficiales de farmacéuticos de enviar a estas entidades gestoras los documentos acreditativos de la facturación junto a un informe mensual, desglosado por oficinas de farmacia, que contendrá:

 

a)     El importe de la facturación mensual de cada oficina de farmacia.

b)     El porcentaje que representa la facturación de cada entidad gestora de la prestación respecto al importe de la facturación mensual de cada oficina de farmacia sujeta a deducción, redondeado con dos decimales.

c)      El importe de la deducción mensual que debe practicar la  farmacia.

d)     Las deducciones que corresponden a la comunidad autónoma, al INGESA, y a cada mutualidad administrativa.

 

Con esta información, es posible la aplicación de la escala única de deducciones sobre los márgenes, atendiendo al volumen total de facturación de cada oficina de farmacia.

 

El sistema de deducciones a las diferentes administraciones responsables de la prestación farmacéutica se estableció en 2010 con el fin de contener el crecimiento del gasto farmacéutico con cargo a fondos públicos, para garantizar la sostenibilidad del SNS. Las deducciones se aplican sobre los márgenes de las oficinas de farmacia, según volumen de facturación.

 

 

 

 

 

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