La Fiscalía pide 2 años de prisión para los 3 socios de la empresa mierense en la que se hirió de gravedad un peón

La Fiscalía pide 2 años de prisión para los 3 socios de la empresa mierense en la que se hirió de gravedad un peón

   La Fiscalía del Principado de Asturias solicita la condena de tres empresarios acusados por un accidente laboral ocurrido en 2009 en una empresa del municipio de Mieres, en el que un trabajador resultó herido de gravedad. La vista oral se celebrará este martes, 2 de septiembre de 2014, en el Juzgado de lo Penal número uno de Oviedo, a las 10.45 horas, según ha informado la Fiscalía.

   El Ministerio Fiscal sostiene que, sobre las 08.30 horas del 4 de marzo de 2009, la víctima, un trabajador de una empresa maderera, peón, con antigüedad de 5 meses, se encontraba alimentando una cinta con piezas de madera que posteriormente eran recogidas por unos cilindros empujadores giratorios, estriados, colocados verticalmente, que hacían pasar los barrotes por una sierra de cinta que los dividía en dos longitudinalmente.

   En un momento determinado, uno de los barrotes se trabó y el trabajador intentó colocarlo en su sitio, momento en que los rodillos empujadores le atraparon el brazo, dirigiéndolo hacia la sierra de cinta, que le alcanzó, produciéndole graves lesiones en la mano y antebrazo derechos. Le han quedado varias secuelas, entre ellas amputaciones completas de las falanges distales de cuatro dedos, limitaciones de movilidad y diversas cicatrices.

   El trabajador no había utilizado ni alimentado la máquina en otras ocasiones y cuando ocurrió el accidente no había realizado trabajo con máquinas previamente y era el segundo listón que introducía en el carril de la cinta transportadora. Además, no había recibido formación en materia preventiva, pese a que prestaba servicios en la empresa desde el mes de octubre.

   Aunque el trabajo consistía en alimentar la máquina, operación que en principio no presenta riesgos, al no existir un procedimiento de trabajo establecido y al no haber recibido el trabajador una formación adecuada y general que contemplara los riesgos propios de la actividad de la empresa, careciendo además de cualificación, la operación se convirtió en muy peligrosa debido a la posibilidad de atrapamiento por los rodillos ante cualquier incidencia que se produjera, como así ocurrió al atascarse los listones.

   Los acusados eran los únicos socios de la empresa, participaban en las actividades de la misma e impartían las órdenes al trabajador lesionado. Los tres eran conocedores de la falta de formación e información de aquel, de su desconocimiento sobre el funcionamiento de la máquina, de su falta de cualificación y de la ausencia de procedimiento de trabajo.

   La Fiscalía considera que los hechos son constitutivos de un delito contra los derechos de los trabajadores de los artículos 316 y 318 del Código Penal en concurso con un delito lesiones imprudentes del 152, 1, 2º, en relación con lo dispuesto en los artículos 14.1, 2 y 3, 15.1, 2, 3, y 4, Art 17.1 b) y artículo 19 de la Ley 31/95, de 8 de noviembre, de Prevención de Riesgos Laborales y el artículo 5 del Real Decreto 1215/97, de 18 de julio, de Disposiciones Mínimas de Seguridad y Salud para la utilización por los trabajadores de los equipos de trabajo.

   Y solicita que se condene a cada uno de los acusados a dos años de prisión, inhabilitación especial para el ejercicio de la profesión, oficio o cargo durante ese mismo espacio de tiempo y pago de las costas procesales (entre los tres).

   La Fiscalía pide igualmente que los tres acusados indemnicen a la víctima, de forma conjunta y solidaria, con 84.400 euros por lesiones y secuelas, incrementados en un 10% como factor de corrección, y con 17.000 euros por daños morales; y al Sespa con el importe de los gastos asistenciales que acredite, más los intereses legales desde la fecha del accidente.

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