Medio Ambiente resuelve la evaluación de impacto ambiental de la línea de AV Madrid-Lisboa

Medio Ambiente resuelve la evaluación de impacto ambiental de la línea de AV Madrid-Lisboa

El Ministerio de Medio Ambiente, y Medio Rural y Marino (MARM) ha formulado la Declaración de Impacto Ambiental del proyecto "Línea de alta velocidad Madrid-Lisboa. Tramo: Badajoz-Frontera portuguesa (Badajoz)" concluyendo que, siempre y cuando se autorice en la alternativa seleccionada y en las condiciones deducidas del proceso de evaluación, quedarán adecuadamente protegidos el medio ambiente y los recursos naturales.

 

El objeto del estudio informativo es la conexión ferroviaria de alta velocidad  en el tramo entre Badajoz y la frontera portuguesa en el río Caya. El tramo conecta el punto final del tramo Madrid-Badajoz de la línea de alta velocidad Madrid-Extremadura, con la alternativa denominada "Solução 3" del proyecto "Ligação Ferroviária de Alta Velocidade entre Madrid-Lisboa/Porto. Corredor 1 Elvas/Badajoz. Lote LTF-Elvas/Caia".

De las diferentes alternativas analizadas, se ha seleccionado la denominada "alternativa 6" por ser la que evita afecciones de rango mayor sobre los ecosistemas que atraviesa y responde satisfactoriamente a las consideraciones previas referidas al paso sobre el río Gévora y a las zonas de vegetación de ribera y matorral afectadas, según informe de la Dirección General Evaluación y Calidad Ambiental de la  Junta de Extremadura.

 

El trazado de la alternativa elegida se modifica desplazándolo ligeramente hacia el sur y  acercándolo a la Autovía A-5 para aumentar la longitud de la recta de la estación de Caya en 740 m. y reducir la afección a los rodales de orquídeas existentes en esta zona.

Según informe de la Autoridade Nacional de Comunicaçoes y de Estrada de Portugal S.A., la actuación no interfiere con ningún servicio o infraestructura responsabilidad de eos organismos Por su parte la Dirección General del Medio Natural, de la Consejería de Industria y Energía y Medio Ambiente, señala que no es probable que la actividad tenga repercusiones significativas sobre lugares incluidos en la Red Natura 2000, siempre que se cumplan las medidas recogidas en su informe y que se incluyen en la presente Resolución.

 

La DIA aprobada establece las medidas preventivas y correctoras diseñadas para evitar y/o reducir los efectos del proyecto sobre la hidrología e hidrogeología, espacios naturales protegidos, en especial sobre el LIC Río Gévora Bajo, sobre la fauna y la flora, el paisaje, el patrimonio cultural y las vías pecuarias y el efecto de la contaminación acústica.

 

Con el fin de reducir los efectos del proyecto sobre la fauna asociada al río Gévora, las obras de construcción del viaducto deberán iniciarse en el mes de agosto, de forma que se evite el periodo reproductivo de las especies piscícolas más sensibles, entre los meses de abril a julio y que circule un caudal mínimo por el cauce. Para evitar molestias a la avifauna presente en el área, no se realizarán voladuras entre los meses de abril y agosto, ambos incluidos, y tampoco durante el periodo nocturno.

 

Se deberá garantizar, en su caso, la reparación de los daños ocasionados al Dominio Público Hidráulico, incluyendo la restauración ambiental para garantizar la reposición del DPH a su estado anterior, en el ámbito del proyecto de "Restauración ambiental de zonas degradadas en el curso bajo del río Gévora" según las condiciones que establezca la Confederación Hidrográfica del Guadiana.

La corriente del río Gévora no se interrumpirá en ningún caso, con el fin de proteger a la ictiofauna. Se respetaran todos los pies de vegetación autóctona que se encuentren en las zonas de actuación y se procederá a la adecuación y recuperación de las dos orillas del río Gévora.

 

La permeabilidad del trazado se favorecerá con la construcción de los puentes (arroyo de La Cabrera) y los viaductos (ríos Caya y Gévora) previstos.  Las obras de drenaje y los pasos superiores e inferiores serán diseñados para  ser utilizados como pasos de fauna.

 

El proyecto incluirá  un estudio de ruido y vibraciones  que permita determinar con detalle los niveles acústicos que se producirán durante la fase de explotación, especialmente en las partes del trazado próxima a núcleos de población y a zonas de importancia para la fauna, con el fin de adoptar las correspondientes medidas correctoras para garantizar los niveles acústicos establecidos por la legislación vigente

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