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Se amplía la incoación a otras 2 empresas y se elevan a 28 el total de incoados por el expediente
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha ampliado la incoación del expediente sancionador abierto en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca OPEL. Se incluyen 2 nuevas empresas y se elevan a 28 el total de los incoados por el expediente.
Con fecha 29 de agosto de 2013 se incoó el expediente sancionador S/0489/13 Concesionarios OPEL, contra la empresa A.N.T. SERVICALIDAD, S.L., la Asociación de Concesionarios de Opel España (ANCOPEL) y los siguientes concesionarios distribuidores de vehículos de la marca OPEL: AELSA, S.A., AUTOVIASA (Comercial Autovía, S.A.), CESMAUTO, S.L., DISO MADRID, S.L., IBERICAR TECHNIK, S.A., MASTERNOU, S.A., MOTOR REPRIS AUTOMOCIO, S.L. y MOTORKAR, S.A., ampliándose la incoación el 3 de julio de 2014 contra otros 16 concesionarios de la marca OPEL: ACEÑA MOVIL, S.L., AGROGIL, S.A., ALCARREÑA DE TURISMOS, S.L., AUTOMÓVILES URBIETA, S.A., AUTOTODO, S.L., BÉTULA CARS, S.L., GERAR, S.A., GÓMEZ PLATZ, S.A., LISTA MOTOR, S.L., MOTOR CORUÑA, S.A., MOTOR LEYVA, S.A., MOTOR ALUCHE, S.A., ROAUTO, S.A., SELIGRAT DE AUTOMOCIÓN, S.A., TALLERES PRIZÁN, S.A. y TURISMOTOR, S.A., por posibles prácticas anticompetitivas consistentes en la fijación de precios y condiciones comerciales y de servicio, así como el intercambio de información comercialmente sensible en el mercado español de la distribución de vehículos de motor de la marca OPEL.
Tras el análisis de la documentación obrante en el expediente y, en particular, la obtenida en las inspecciones realizadas en las sedes de ANT SERVICALIDAD, S.L. y ANCOPEL, se ha tenido acceso a determinada información de la que puede deducirse la existencia de indicios racionales de la participación de ANCO CENTRAL DE COMPRAS, S.L. y CENTRO SUR DE AUTOMOVILES, S.A.
Por ello, la Dirección de Competencia ha ampliado la incoación del expediente a estas 2 empresas, por una posible infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007, de 3 de julio, de Defensa de la Competencia.
La ampliación de la incoación no prejuzga el resultado final de la investigación, manteniéndose vigente el periodo máximo de 18 meses desde la fecha de la incoación inicial para la instrucción y resolución de este expediente por la CNMC.
1 comentario
# Superg9j6bz Responder
12/06/2018 14:35En opel motorkar te ofrecen vehículos, Te cobran la entrada y te preparan la financiación, te la empiezan a cobrar y luego no te entregan el coche y sigues pagando, no aconsejo comprar coches aquí, somos varios los que nos encontramos así, SON muy INFORMALES e INCOMPETENTES, unosCaRaDuRaS, jEtAS