Los cigarrillos electrónicos, permitidos en hostelería

 Los cigarrillos electrónicos, permitidos en hostelería

La Comisión de Sanidad y Servicios Sociales del Congreso de los Diputados aprobó ayer, 19 de febrero, la Ley General para la Defensa de los Consumidores y Usuarios, que entre otros asuntos regula la utilización y publicidad de los cigarrillos electrónicos.


La norma, que ha salido con los votos a favor del PP, la abstención de UPyD y la oposición del resto de los grupos, responde al acuerdo adoptado entre el Ministerio de Sanidad y las Comunidades Autónomas el pasado mes de diciembre.


Según esta normativa el uso de estos cigarrillos electrónicos estará permitido en el interior de los establecimientos de hostelería, mientras que la prohibición se limita a centros de las administraciones públicas y establecimientos sanitarios, ya sea en los espacios al aire libre o cubiertos comprendidos en sus recintos.

 

Asimismo estará vetado el uso de estos cigarrillos en los centros docentes o formativos, incluyendo los espacios al aire libre, que quedan excluidos en el caso de los centros dedicados exclusivamente a la formación de adultos.


Como ya sucede con el tabaco el uso de los cigarrillos electrónicos también estará prohibido en los parques infantiles o zonas de juegos para la infancia, aunque estén al aire libre.

 

En cuanto al transporte se prohibirá su utilización en los transportes públicos, así como en transporte marítimo, ferroviario o aéreo.


La norma también regula la publicidad que queda limitada a la misma normativa que establece la Ley Antitabaco en cuanto a soportes y difusión.

 

FOTO: Merak Marey/Wikipedia

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