Guinea Ecuatorial suspende Acuerdo de Libre Circulación en el Espacio CEMAC

 Guinea Ecuatorial suspende Acuerdo de Libre Circulación en el Espacio CEMAC

 

Por OIP Guinea Ecuatorial.-El Gobierno de Guinea Ecuatorial ha anunciado su decisión de no aplicar en su territorio el Acuerdo de Libre Circulación de Personas y Bienes en el Espacio de la Comunidad Económica y Monetaria de África Central (CEMAC), habida cuenta de que existe una serie de exigencias y condiciones por etapas que los Estados deben cumplir y asumir previamente. Además, el Gobierno también considera que la cuestión debe ser sometida a la aprobación de la Cámara de los Diputados y del Senado. La decisión ha sido aprobada en Consejo de Ministros Extraordinario y anunciada por el Ministro Delegado de Información y Prensa y Portavoz Adjunto del Gobierno, Federico Abaga Ondo.

La decisión ha sido aprobada durante el Consejo de Ministros extraordinario celebrado el vienes 8 de noviembre en el Palacio del Pueblo de Malabo, dirigido por el Presidente de la República, S. E. Obiang Nguema Mbasogo. Al mismo consejo también asistieron los Vicepresidentes Primero y Segundo del País: Ignacio Milam Tang, Encargado de Asuntos Presidenciales y Teodoro Nguema Obiang Mangue, Encargado de Defensa y Seguridad Nacional. Igualmente estuvieron presentes el Primer Ministro del Gobierno, Vicente Ehate Tomi, los tres Viceprimeros Ministros y demás miembros del Gobierno en Malabo.

Durante esta reunión extraordinaria, el Gobierno ecuatoguineano ha decidido la no aplicación del Acuerdo de Libre Circulación de Personas y Bienes en el Espacio de la Comunidad Económica y Monetaria de los Estados de África Central (CEMAC). Esta decisión ha sido dada a conocer mediante ampliación de referencia del Ministro Delegado de Información y Prensa, Federico Abaga Ondo en su calidad de Ministro Portavoz Adjunto del Gobierno, tras la reunión del Consejo de Ministros.

Publicamos el texto íntegro de dicho anuncio a continuación:

 

Ampliación de referencia

Tenemos a bien informar al Pueblo de Guinea Ecuatorial, y a la opinión pública internacional, de la importante decisión tomada hoy viernes, por el Gobierno de la Nación en relación al Acuerdo de Libre Circulación de Personas y Bienes en el espacio de la Comunidad Económica y Monetaria de África Central (CEMAC), que, como saben agrupa a seis países: República Gabonesa, la República del Congo, la República del Camerún, la República Centroafricana, la Republica de Chad y la República de Guinea Ecuatorial.

Como sabrán, durante estos días el Gobierno de Guinea Ecuatorial está constatando la situación de incertidumbre y ¿por qué no?, de preocupación, que prevalece en el seno de la población ecuatoguineana a propósito de una supuesta entrada en vigor de este acuerdo.

En efecto, el Gobierno se ha informado sobre este Acuerdo, cuya aplicación implicaría que, a partir del día primero del próximo mes de enero de 2014, todos los ciudadanos comunitarios van a poder circular libremente entre los seis estados miembros de la CEMAC, sin necesidad de obtener los correspondientes visados de entrada para los países de su destino.

A raíz de esto, el Gobierno ha mantenido una reunión de Consejo de Ministros con carácter extraordinario, que ha tenido lugar hoy, día 8 de noviembre, sobre las 13:00 horas de la tarde, en el Palacio del Pueblo de Malabo, y que ha sido presidida por el Presidente de la República, S. E. Obiang Nguema Mbasogo, asistido también del Vicepresidente Primero Encargado de Asuntos Presidenciales, Ignacio Milam Tang y del Vicepresidente Segundo Encargado de la Defensa y Seguridad del Estado, Teodoro Nguema Obiang Mangue.

Han participado asimismo, en este Consejo Extraordinario, el Primer Ministro del Gobierno y los tres Viceprimeros Ministros, además de todos los demás miembros del Gobierno en plaza.

Tras haber analizado y debatido el documento del Acuerdo de Libre Circulación de Personas y Bienes en el espacio de la Comunidad Económica y Monetaria de África Central (CEMAC),  el Gobierno de Guinea Ecuatorial ha decidido la no aplicación del mismo, habida cuenta de que existe una serie de exigencias y condiciones por etapas que los Estados deben cumplir y asumir previamente hasta llegar a la libre circulación pretendida.

Además, tratándose de un tema que afecta a la Soberanía Nacional, el acuerdo en cuestión debe ser sometido a la aprobación o no de otros órganos del Estado tales como la Cámara de los Diputados y el Senado.


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