El Banco de España sustituye a los administradores de la CAM para capitalizarla y abrir un proceso competitivo para su adjudicación

El Banco de España sustituye a los administradores de la CAM para capitalizarla y abrir un proceso competitivo para su adjudicación

El Banco de España ha acordado hoy iniciar un proceso dirigido a capitalizar el Banco CAM y posibilitar su posterior enajenación a otra entidad mediante un procedimiento competitivo, de acuerdo con lo previsto en el artículo 7 del Real Decreto-ley 9/2009. Para llevarlo a cabo, los Consejos de Administración de CAM y Banco CAM han solicitado la intervención del Banco de España y el cambio de sus administradores por el FROB (Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria) que, a partir del 23 de julio, administrará el Grupo con el objetivo último de estabilizar el mismo, capitalizarlo y proceder a su reestructuración. Con dicha finalidad, la Comisión Rectora del FROB ha acordado, con esta misma fecha, inyectar en Banco CAM 2.800 millones de euros mediante la suscripción de acciones y otorgar una línea de crédito por 3.000 millones de euros de disponibilidad inmediata al Grupo CAM para asegurar la liquidez de su banco.

 

Todas las medidas adoptadas hoy garantizan que CAM pueda seguir operando con normalidad y cumpla con todas sus obligaciones frente a terceros. Por tanto, los depositantes y los acreedores pueden estar absolutamente tranquilos. CAM formó parte inicialmente del sistema institucional de protección (SIP) denominado Banco Base, junto a Cajastur, Caja Canarias y Caja Extremadura. El SIP había remitido al Banco de España su estrategia de recapitalización conjunta el 28 de marzo de 2011. Sin embargo, dos días después, el 30 de marzo, estas tres entidades decidieron no aprobar la segregación de su negocio bancario al organismo central del SIP, con lo que este quedó en vía muerta y CAM debió afrontar en solitario su proceso de recapitalización. A tal efecto, CAM presentó el pasado 28 de abril un plan de recapitalización, en el que se incluía la petición de 2.800 millones de euros al FROB para alcanzar el nivel de capital principal requerido por el RD-ley 2/2011. Por otra parte, CAM fue una de las cinco entidades españolas que, considerando la inyección de capital comprometida por el FROB, quedó por debajo del umbral del 5% fijado como referencia en las pruebas de resistencia coordinadas por la Autoridad Bancaria Europea, si bien, teniendo en cuenta las provisiones genéricas, no tendría necesidad de aumentar adicionalmente su capital como consecuencia de estas pruebas.

 

Pero, como se subrayó en la presentación de los resultados de las pruebas de resistencia, estos ejercicios son un instrumento importante a disposición de los supervisores pero no son el único elemento que se debe tener en cuenta a la hora de evaluar la solvencia y viabilidad de las entidades. Por ello, una vez evaluada la situación financiera-patrimonial del Grupo CAM y constatado el hecho de que el plan presentado por CAM no incorporaba las medidas adecuadas para asegurar su viabilidad, la Comisión Ejecutiva del Banco de España, de acuerdo con el artículo 6 del RD Ley 9/2009, decidió ayer 21 de julio enviar un escrito concediéndole un plazo de 10 días naturales para presentar una solución definitiva a su situación. Los Consejos de CAM y Banco CAM han decidido hoy manifestar al Banco de España la imposibilidad de encontrar de inmediato una solución viable para el negocio financiero del grupo y solicitar la sustitución de sus administradores por otros designados por el FROB, para que el Fondo de Reestructuración Ordenada Bancaria proceda a ampliar el capital del Banco y dé plena seguridad a sus depositantes y acreedores.

 

Finalmente cabe señalar que la fórmula utilizada en este caso – capitalización de una entidad y posterior enajenación a otra mediante un procedimiento competitivo - es una de las distintas posibilidades contempladas en el RD-l 2/2011 para cumplir con los nuevos requerimientos de capital. En la nota 1 publicada ayer, se describen las otras vías utilizadas por las 13 entidades a las que se requirió recapitalizarse: inyecciones de capital en filiales de bancos por su matriz, emisiones de obligaciones convertibles en capital, salida a Bolsa, entrada en el accionariado de inversores privados, venta de activos, etc.

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