El Gobierno respalda el apoyo de De Lorenzo al presidente de FADE en respuesta al diputado Sostres

El Gobierno respalda el apoyo de De Lorenzo al presidente de FADE en respuesta al diputado Sostres

Sostres: “El Gobierno de Rajoy considera que el apoyo de Gabino de Lorenzo a Vigón era "a título personal" y no como Delegado del Gobierno, pero el desdoblamiento de personalidad en la vida pública no existe”

 

El diputado de FORO en el Congreso, Enrique Álvarez Sostres, se ha mostrado sorprendido ante la consideración por parte del Gobierno central de que el apoyo público de Gabino de Lorenzo a la continuidad de Federico García Vigón como Presidente de la Patronal asturiana, sea entendido simplemente como la opinión de un simple ciudadano, y no la del Delegado del Gobierno en Asturias.

           

El Gobierno de Mariano Rajoy ha respondido a una pregunta parlamentaria de Álvarez Sostres afirmando que “las opiniones fueron realizadas por don Gabino de Lorenzo a título personal y no en representación de la Delegación del Gobierno o del Gobierno de España, como él mismo ha señalado y como quedaba claro en el mismo texto y firma en la que expresó dichas opiniones”.

El delegado del Gobierno en Asturias publicó el 3 de junio pasado, en un diario asturiano, un artículo titulado: “Por la continuidad de Vigón”, y con el subtítulo de “Carta de apoyo para que el presidente de la patronal siga encabezando la organización”.

 

El artículo, recuerda Sostres, finalizaba con la esclarecedora frase dirigida a García Vigón: “Te ruego reconsideres esa decisión de retirarte como representante de los empresarios asturianos”

Álvarez Sostres considera que bien es cierto que “el Gobierno de Rajoy considera que el apoyo de Gabino de Lorenzo a Vigón era ‘a título personal’ y no como Delegado del Gobierno, pero el desdoblamiento de personalidad en la vida pública no existe”. Y pone un ejemplo: “Si el presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, expresa públicamente una opinión sobre un hecho relevante, por ejemplo, sobre quién debe ser el presidente de la CEOE, ¿dónde está la frontera entre la opinión de un señor común de Pontevedra o del presidente del Gobierno de España?”

“Cuando se trata de algo tan relevante políticamente como es el apoyo a un empresario para que sea nada menos que el presidente de la Federación Asturiana de Empresarios, ¿dónde termina el ciudadano Gabino de Lorenzo y dónde empieza el representante del Gobierno del Estado en el Principado de Asturias?”, se pregunta Álvarez Sostres.

 

El diputado de FORO advierte que “la opinión de Gabino de Lorenzo como simple ciudadano importaría a muy pocos (quizá no más allá de familiares y amigos), y como tal no tendría el eco que se le da en los medios de comunicación. En el artículo de prensa citado, el delegado del Gobierno no está opinando sobre sus gustos lúdicos, literarios o gastronómicos. Se posiciona ante un hecho de la trascendencia social, económica y política de unas elecciones para la representación del colectivo de empresarios de Asturias”.

Álvarez Sostres recuerda que el artículo 22 de la “Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado, que se refiere a la figura de “Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas”, establece lo siguiente:

“1.- Los Delegados del Gobierno en las Comunidades Autónomas representan al Gobierno en el territorio de aquéllas sin perjuicio de la representación ordinaria del Estado en las Comunidades Autónomas a través de sus respectivos presidentes.

Los Delegados del Gobierno dependen de la Presidencia del Gobierno, correspondiendo al Ministro de Administraciones Públicas dictar las instrucciones precisas para la correcta coordinación de la Administración General del Estado en el territorio, y al Ministro del Interior, en el ámbito de las competencias del Estado, impartir las necesarias en materia de libertades públicas y seguridad ciudadana.

Y añade:

2.- Corresponde asimismo a los Delegados del Gobierno:

a) Mantener las necesarias relaciones de cooperación y coordinación de la Administración General del Estado y sus Organismos públicos, con la de la Comunidad Autónoma y con las correspondientes Entidades locales.

b) Comunicar y recibir cuanta información precisen el Gobierno y el órgano de Gobierno de la Comunidad Autónoma. Realizará también estas funciones con las Entidades locales en su ámbito territorial, a través de sus respectivos Presidentes.

Por ello, formuló las siguientes preguntas al Gobierno de España:

1ª. ¿Las opiniones vertidas por el Delegado del Gobierno en Asturias representan al Gobierno de España, a tenor de lo establecido en el Artículo 22 de la Ley 6/1997, de 14 de abril, de Organización y Funcionamiento de la Administración General del Estado?

2ª. ¿Las ha comunicado al Gobierno de España como previene la citada Ley, antes o después de formularlas, y con qué nivel de detalles sobre la situación interna de la organización empresarial asturiana a la que se refieren?

3ª. En caso de que  las opiniones vertidas por el Delegado del Gobierno en Asturias, aunque evidencian el esfuerzo realizado, no representen al Gobierno de España, ¿considera el Gobierno que estas manifestaciones encajan en las funciones de un Delegado de Gobierno y son compatibles con las previsiones del artículo 7 de la Constitución Española?

4ª. ¿Considera el Gobierno que  las citadas manifestaciones pueden afectar a la buena imagen y al prestigio del Gobierno de España en Asturias, al tratarse de una clara y pública  injerencia de su Delegado, con eventuales efectos indeterminados, en el proceso interno que se está desarrollando en el seno de la Federación Asturiana de Empresarios?

           

El Gobierno, en su respuesta a estas preguntas, confirma que los delegados del Gobierno tienen establecidas sus funciones en el artículo 22 de la citada ley, “pero que ni en ésta, ni en ninguna otra disposición, tienen recortados sus derechos de ciudadanía, incluido el de opinión y el de expresión”.

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