Ciudad de Panamá.-Penas que van de 6 meses a 6 años se contemplan dentro de la ley que recibió sanción del presidente de la República, Ricardo Martinelli, por el delito de “conducta consistente en suministrar, proporcionar o facilitar información falsa sobre la existencia de algún medio de destrucción masiva o elemento que tenga ese potencial contra los seres vivos”.
Destaca la norma que se entenderá como este medio falsear sobre la existencia de material radioactivo, armas, incendio, explosivos, sustancia biológica o tóxica, de cualquier otro medio de destrucción que atente ya sea en los servicios públicos, los bienes o las cosas, que perturbe la paz pública o cause pánico, terror o miedo en la población o en un sector de ella.
Las nuevas disposiciones son adicionadas al Código Penal relacionados con circunstancias agravantes comunes y el delito de terrorismo, donde se contempla una sanción de 6 meses a un año sin perjuicio de reclamar por los daños y perjuicios causados.
No obstante, la pena se incrementa de 4 a 6 años de presión cuando el hecho es cometido en medios o en terminales de transporte aéreo, terrestre, marítimo o en lugares de gran concurrencia de personas.
Igualmente, se establece que cuando el autor sea un ciudadano extranjero se ordenará, una vez cumplida la pena establecida, su deportación inmediata y el impedimento de entrada al país de manera permanente.