Hasta el 25 de septiembre se pueden recoger las solicitudes en la Oficina Municipal de Vivienda (C/ Balandro, 16, bajo).
Se subvencionarán alquileres correspondientes al periodo comprendido entre septiembre de 2012 y agosto de 2013.
Desde la Oficina Municipal de Vivienda se enviaron hoy 246 SMS a personas interesadas en las Ayudas.
Avilés.-La Consejería de Bienestar Social y Vivienda acaba de hacer pública la convocatoria de Ayudas del Principado de Asturias, destinadas al pago de los gastos de alquiler de viviendas para las personas con escasos medios económicos, para la que el Gobierno de Asturias destina 1.200.000 de euros. Estas ayudas subvencionarán alquileres correspondientes al periodo comprendido entre septiembre de 2012 y agosto de 2013.
Las personas interesadas podrán informarse y recoger los impresos de solicitud, desde mañana sábado, 7 de septiembre, en la Oficina Municipal de Vivienda. El plazo para formalizar la petición de ayuda acaba el 25 de septiembre
En el día de hoy, la Oficina Municipal de Vivienda de Avilés enviará 246 avisos SMS a ciudadanos y ciudadanas avilesinos interesados en la convocatoria de estas ayudas.
Requisitos de las personas solicitantes:
- Ser titular de un contrato de arrendamiento de vivienda y que la vivienda sea su residencia habitual y permanente.
- Que los ingresos de la unidad de convivencia no superen los siguientes límites:
- Una vez el Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) para una sola persona adulta.
- Si la unidad de convivencia está compuesta por dos o más personas:
§ Cada mayor de 14 años computa 0,5 veces el IPREM.
§ Cada menor de 14 años computa 0,3 veces el IPREM.
-En ninguno de los casos, el cómputo total de los ingresos la unidad de convivencia no pueden superar en 3 veces el IPREM.
- Que el alquiler de la vivienda no sea superior al 7% del precio máximo de una vivienda protegida. La superficie útil máxima computable son 90 m2. En ningún caso el alquiler podrá ser superior a los 600 euros mensuales.
- Que ninguno de los miembros de la unidad de convivencia disponga de vivienda en propiedad o derecho real de uso y disfrute sobre otra vivienda en España.
- No tener relación de parentesco en primer o segundo grado de consanguinidad con la persona arrendadora.
- No podrán ser beneficiarios de las ayudas los inquilinos de viviendas de promoción pública y los del Fondo Social de Viviendas en Alquiler (FSV)
Cuantía de la ayuda:
- Las ayudas tendrán una cuantía máxima total de 12 mensualidades, computables desde el 1 de septiembre de 2012 hasta el 31 de agosto de 2013, y no podrá exceder del 40% de la renta mensual, con un límite de 2.400 euros, correspondientes a 12 mensualidades de 200 euros cada una.
- Sólo serán subvencionables las mensualidades del contrato de arrendamiento en vigor, nunca se podrán subvencionar dos o más contratos de arrendamientos incluidos en el periodo indicado en el párrafo anterior.
- Sólo se subvencionarán las cantidades referentes a alquiler de vivienda, no serán financiables conceptos como garaje, trastero, gastos de comunidad, etc.
- Una vez resuelta la concesión de la ayuda por el Principado se abonará en un único pago el importe resultante.
NOTA: El Indicador Público de Renta de Efectos Múltiples (IPREM) fijado en los Presupuesto Generales del Estado para el año 2013 es de 7.455,14 euros anuales.