El Gobierno sube un 10% el alcohol, salva el vino y la cerveza y penaliza la sidra asturiana

El Gobierno sube un 10% el alcohol, salva el vino y la cerveza y penaliza la sidra asturiana
  • Se eleva la fiscalidad de los consumos con externalidades negativas como el tabaco y los alcoholes de media y alta graduación.

 

El Consejo de Ministros ha aprobado un Real Decreto Ley de medidas urgentes de naturaleza tributaria, presupuestaria y de fomento de la investigación, el desarrollo y la innovación. De la subida de los alcoholes, el Gobierno excluye la cerveza y el vino, pero una vez más 'olvida' la sidra, con lo que el decreto aprobado hoy puede suponer un golpe mortal para un sector estratégico en la industria agroalimentaria asturiana.

 


El PAS (Partiu Asturianista) exige que la sidra quede también excluida de esa nueva subida.

 

 

ALCOHOL Y TABACO

En este Real Decreto Ley figuran cambios en la tributación de impuestos especiales sobre el tabaco y el alcohol, tal y como también había anunciado el Gobierno.

 

Respecto a las bebidas alcohólicas, se eleva la tributación en un 10 por 100 del impuesto sobre productos intermedios, así como sobre el alcohol y bebidas derivadas. La medida no afecta a la cerveza ni al vino. Los tipos impositivos que gravan el alcohol en España se encuentran dentro de los más bajos de la Unión Europea y la última subida de tipos se produjo en 2005. Esta imposición constituye también un importante instrumento al servicio de la política sanitaria.

 

En cuanto al tabaco, se modifica la imposición fiscal para producir un rebalanceo de forma que cuente con más peso el tipo específico frente al "ad valorem", con lo que se acerca a la estructura vigente en la mayoría de los países de la Unión Europea. Teniendo en cuenta que se trata de un producto con elevadas externalidades negativas, el impuesto no dependerá tanto del precio del tabaco a partir de ahora. Así, en el caso de los cigarrillos, se eleva el tipo específico de 19,1 a 24,1 euros por cada 1.000 cigarrillos y se reduce el tipo "ad valorem" del 53,1 por 100 al 51 por 100. El impuesto mínimo pasa de 123,97 a 128,65 euros/1000 cigarrillos.

En el caso de la picadura para liar, también se rebalancea la estructura fiscal. El tipo "ad valorem" queda inalterado y el específico pasa de 8 a 22 euros por kilo. La fiscalidad mínima de la picadura pasa del 68,5 por 100 al 75 por 100, con lo que se reduce la brecha fiscal entre cigarrillo y picadura. Respecto a cigarros y cigarritos y las demás labores del tabaco, se produce el rebalanceo a través del tipo mínimo.

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